Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
28-03-2022

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220328-75

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CHAPINERÍA

OFERTAS DE EMPLEO

75
Chapinería. Ofertas de empleo. Oferta de empleo público

Por resolución de Alcaldía 2022-0235, se aprobó la Oferta de Empleo Público relativa a estabilización de empleo temporal para el año 2022 en el Ayuntamiento de Chapinería, que cumple las previsiones del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, correspondiente a las plazas que a continuación se refieren:

— Número de plazas: 1.

Personal laboral.

Funciones: agente de Desarrollo.

Grupo: L1.

Complemento de destino laborales: 18.

Tiempo completo.

— Número de plazas: 1.

Personal laboral.

Funciones: director Escuela de Música.

Grupo: L1.

Complemento de destino laborales: 18.

Tiempo parcial de 16 horas semanales.

— Número de plazas: 1.

Personal laboral.

Funciones: técnico Catalogación Archivos.

Grupo: L2.

Complemento de destino laborales: 20.

Tiempo completo.

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Chapinería en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente podrá interponerse alternativamente, o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldesa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimarse conveniente.

Chapinería, a 16 de marzo de 2022.—La alcaldesa-presidenta, Lucía Moya Domínguez.

(03/5.472/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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