Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
30-03-2022

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220330-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SUDESTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID (MISECAM)

RÉGIMEN ECONÓMICO

79
Mancomunidad Intermunicial del Sudeste de la Comunidad de Madrid (MISECAM). Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa derechos examen

La Junta de la Mancomunidad Intermunicipal del Sudeste de la Comunidad Autónoma de Madrid (MISECAM) en sesión ordinaria celebrada el día 14 de marzo de 2022, acordó la aprobación provisional de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias mancomunadas para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de en la sede electrónica de esta Mancomunidad ( https://sedemisecam.eadministracion.es/ ).

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Villarejo de Salvanés, a 17 de marzo de 2022.—El secretario-interventor-tesorero de la Mancomunidad Intermunicipal MISECAM, Gonzalo Palacio Sánchez.

(03/5.586/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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