Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
01-04-2022

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220401-116

Páginas: 2







Boletín Oficial de la Comunidad de<br /> Madrid, número<br /> 78 | CVE:<br /> BOCM-20220401-116


Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

viernes 01/04/2022

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220401-116
Páginas: 372 a 373 - 2 págs.

PDF de la disposición

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42

116
Madrid número 42. Ejecución 62/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Carmen Martín García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 42 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 62/2022 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Miranda Tapia, frente a Efficax Facility Services, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Madrid, a 18 de marzo de 2022.

Parte dispositiva:

1. Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante, don Francisco Miranda Tapia, frente a Efficax Facility Services, S. L.

2. Recábese telemáticamente de la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, a través del Punto Neutro Judicial, informe de vida laboral del trabajador y adviértase asimismo a la parte atora que, a efectos del cómputo de los salarios de tramitación, deberá acreditar a través de la presentación de las correspondientes Nóminas, el período de prestación de servicios en otra empresa, entendiéndose en otro caso que el salario percibido es igual o superior al que tenía con anterioridad (artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander, número.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—El ilustrísimo señor magistrado-juez, don Francisco Juan Hernández Bautista.—El magistrado-juez.

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María del Carmen Martín García.—En Madrid, a 18 de marzo de 2022.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de 12 de noviembre de 2021, a la empresa Efficax Facility Services, S. L., en favor del demandante, don Francisco Miranda Tapia, y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, planta segunda, 28008, el día 27 de abril de 2022, a las 11:00 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.

Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la LJS).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Efficax Facility Services, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 18 de marzo de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.797/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.



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Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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