Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
01-04-2022

Sección 1.2.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220401-3

Páginas: 4







Boletín Oficial de la Comunidad de<br /> Madrid, número<br /> 78 | CVE:<br /> BOCM-20220401-3


Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

viernes 01/04/2022

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220401-3
Páginas: 22 a 25 - 4 págs.

PDF de la disposición

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

3
RESOLUCIÓN de 25 marzo de 2022, del Director General de Emergencias, por la que se da publicidad al calendario, programa y regulación del Curso Selectivo, elaborado por el Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos, en cumplimiento de lo establecido en la Orden 570/2020, de 2 de marzo, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Inspector, Grupo A, Subgrupo A1.

En cumplimiento de lo establecido en la base 6.3 de la Orden 570/2020, de 2 de marzo, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Inspector, Grupo A, Subgrupo A1, se adjunta el calendario, programa y regulación del curso selectivo, elaborado por el Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos.

El curso, con carácter obligatorio y eliminatorio, será organizado por la Dirección General de Emergencias de la Comunidad de Madrid, a través del Servicio de Formación, y con la debida coordinación y dentro del marco de competencias asignadas a la Dirección General de Función Pública.

Calendario

La fecha estimada para el comienzo del curso selectivo el 4 de abril a las 9:00 h en el aula de las instalaciones del Servicio de Formación en la DGE.

Objetivo general

Es objetivo de este curso selectivo la adquisición de conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que garanticen la preparación específica de los/as aspirantes para el ejercicio de las funciones que les correspondan.

Duración

La duración estimada del curso es de 405 horas desarrolladas en un total de 3 meses, aunque estará sujeta a la disponibilidad de los docentes, de organización de grupos y de realización de actividades, en especial de aquellas que requieran la realización de contratos tales como el alquiler o impartición de contenidos en instalaciones ajenas.

Ubicación y desplazamientos

El curso selectivo se desarrollará en cualquier emplazamiento o instalación utilizada para impartir clases teóricas, realizar prácticas, o cualquier otra actividad enmarcada dentro del curso. Los desplazamientos correrán a cargo del aspirante siempre que no se haya planteado lo contrario y con antelación desde el Servicio de Formación de Bomberos.

Contenidos

Los alumnos recibirán la formación correspondiente a los módulos formativos del Anexo 1.

Sistema de evaluación

La Orden 570/2020, de 2 de marzo, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, recoge que para superar el curso selectivo los aspirantes que participen en el mismo deberán aprobar todas las asignaturas o materias que lo compongan, así como las diferentes actividades prácticas.

La evaluación global del curso será continua, y en ella se incluirán los sistemas de calificación que el Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos considere.

Será obligatorio obtener la nota mínima exigible (el 50%) en cada una de los módulos formativos evaluados (incluyendo los diferentes trabajos y proyectos) de acuerdo con lo previsto en el Anexo 1.

Exámenes

Serán teóricos y/o prácticos, dependiendo del tipo que se considere más apropiado según el contenido temático, y podrán englobar, entre otros:

— Exámenes tipo test.

— Desarrollo por escrito de temas técnicos y operativos.

— Presentación de trabajos, propuestas y proyectos individuales o en grupo.

— Prácticas, ejercicios de sala o simulacros evaluables.

Los exámenes prácticos consistirán en demostraciones o maniobras de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación según las capacidades a obtener en cada módulo formativo.

Cabe la posibilidad de plantear diferentes desarrollos, trabajos, propuestas, propuestas o ejercicios prácticos para un mismo módulo formativo, pudiendo cada alumno examinarse de uno o varios de ellos - de forma individual o conjunta - no siendo necesariamente coincidentes para todos los aspirantes.

Recuperaciones

Cada uno de los módulos formativos contará con el sistema más idóneo de evaluación y será recuperable únicamente con exámenes del mismo tipo utilizado en la convocatoria ordinaria y en sesión única, de todos aquellos contenidos que el aspirante no hubiera superado, ya sean teóricos o prácticos. No se podrá recuperar el suspenso que se genere por aplicación de reducciones porcentuales que pudieran corresponder de la aplicación del régimen de sanciones aquí previsto.

De no aprobarse la recuperación y teniendo en cuenta el carácter selectivo del curso, el Servicio de Formación emitirá a esta Dirección General informe inmediato en el que se constate la no superación del curso selectivo y se obre de acuerdo a lo previsto en la base 6.3.3 de la Orden 570/2020, de 2 de marzo.

Convocatorias

Todas las convocatorias de celebración de exámenes y/o pruebas objeto de calificación, incluidas las recuperaciones, así como las calificaciones individuales y las de valoración de grupo, se harán públicas mediante llamamiento único en la forma que determine el Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos.

Calificaciones

Superados todos los módulos formativos, tanto teóricos como prácticos, se dará una calificación ponderada para el parcial de acuerdo con los porcentajes establecidos en el Anexo 1 a cada módulo formativo o parte del mismo.

Si en el desarrollo de una prueba de evaluación los instructores o cuidadores involucrados tienen conocimiento de la quiebra de los principios de decoro, legalidad o mérito individual (uso de documentos o herramientas no permitidas, copia o intento de copia, comunicación entre aspirantes, etc.) se procederá a la expulsión inmediata del aspirante y se dará por suspensa la prueba, levantando acta de los motivos que se elevará al Servicio de Formación para su valoración.

Debido a que en el desarrollo del curso se hace especial hincapié en el trabajo en equipo, algunas cuestiones podrán ser evaluadas de forma grupal, obteniendo una calificación de equipo, que será la misma para cada uno de los componentes del mismo, salvo manifiesta incapacidad de alguno de sus miembros.

La nota de una recuperación superada será de 5 puntos o del mínimo establecido para el aprobado.

La nota final del curso selectivo podrá verse afectada por la reducción porcentual que pudiera corresponder de la aplicación del régimen de sanciones aquí previsto. Si por aplicación de las reducciones que correspondan, el aspirante obtiene una nota inferior al aprobado, el Servicio de Formación emitirá a esta Dirección General informe inmediato en el que se constate la no superación del curso selectivo y se obre de acuerdo a lo previsto en la 6.3.3 de la Orden 570/2020, de 2 de marzo.

Deberes y obligaciones

Sin perjuicio de las normas establecidas en el punto 6.3 de la citada Orden perteneciente a las bases de convocatoria del proceso selectivo, se aplicarán las siguientes:

— La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso selectivo es obligatoria:

• Cualquier ausencia deberá estar justificada, preavisada y autorizada por el coordinador del curso o persona/s en quien/es este hubiera podido delegar.

• Todas las causas justificadas serán documentadas y remitidas al Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para su valoración.

• El retraso a la incorporación a una clase teórica supondrá la ausencia a la clase completa y se deberá esperar a que comience la clase siguiente para no interrumpir la clase en curso. Si se trata de una clase práctica, deberá esperar en las proximidades la autorización del instructor para incorporarse a la misma.

• Sobrepasar el 20% del tiempo de un módulo formativo en ausencias, aunque estuvieran debidamente justificadas, supondrá la emisión inmediata de informe de no superación del curso por parte del Servicio de Formación a esta Dirección General.

• La ausencia a una prueba de evaluación, examen o recuperación, ya fuera ordinario o extraordinario, supondrá el suspenso del mismo siempre que no se haya previsto alternativa por parte del Servicio de Formación.

— El perfecto comportamiento del aspirante es una cuestión capital de cara a la superación del curso selectivo. A tal efecto, deben considerarse como deberes y obligaciones, entre otros, los siguientes:

• Mostrar la debida consideración y respeto tanto a los superiores, instructores, compañeros como al personal de las instalaciones.

• Mantener en todo momento una compostura digna y apropiada con el régimen docente, debiendo evitar la producción o participación en altercados, riñas, etc.

• Cuidar el material, instalaciones, uniforme, etc. evitando que se deteriore o dañe de forma innecesaria.

• Acatar las medidas colectivas de prevención de riesgos laborales establecidas para el ejercicio de las diferentes actividades prácticas y de los espacios de ejecución de las mismas.

• Hacer uso puntual y al inicio de cada actividad de la uniformidad y EPI que en cada caso pudieran corresponder de acuerdo con lo previsto por el instructor o responsable de la actividad.

• Cumplir las normas de comportamiento y funcionamiento de aquellas instalaciones donde se realicen las actividades formativas. A tal efecto debe entenderse prohibido:

– Fumar en las aulas y vestuarios, observándose en todo caso las prohibiciones específicas al respecto que haya en las diferentes dependencias de cada Centro en donde se desarrolle la acción formativa.

– El consumo de alcohol y otras drogas que puedan ser dañinas para la salud del alumno y afectar al buen funcionamiento y desarrollo del curso.

– Comer dentro de las aulas y zonas de maniobras salvo autorización. Estará permitido beber agua y/o líquido isotónico.

– Utilizar telefonía móvil o cualquier otro dispositivo electrónico no autorizado durante las clases y exámenes.

– Realizar filmaciones de video/audio o tomar fotografías salvo autorización expresa.

– Utilizar el uniforme fuera de las actividades propuestas a lo largo del período de formación. No podrá vestirse en los desplazamientos salvo autorización expresa del Servicio de Formación.

– Los adornos, complementos externos y similares que supongan o puedan suponer algún riesgo para la integridad física del alumno. Será el Servicio de Formación de Bomberos el que en cada caso lo determine.

Sanciones

El incumplimiento de cualquiera de los deberes y obligaciones del alumno supondrá la emisión de un apercibimiento escrito si es que se trata de una primera vez y no puede entenderse como una acción u omisión de gravedad.

A partir de la consecución de un segundo incumplimiento que se produzca durante el curso, sea/n de la misma o distinta naturaleza, se aplicará la penalización de puntuación que corresponda de acuerdo con el siguiente baremo:

— 10 por 100 de penalización en el parcial por cada incumplimiento.

— 20 por 100 de penalización en el parcial por cada incumplimiento cuando se trate de una falsificación del control de asistencia o cualquier forma de suplantación de identidad, o cuando se justifique por parte del Servicio de Formación la gravedad del suceso con perjuicio igualmente grave para el proceso, el personal, las instalaciones o los equipos.

Aptitud y capacidad funcional

Ante la detección en cualquier momento del curso por parte de los responsables del mismo, de una falta de aptitud, capacidad funcional o incorrecta adaptación del aspirante a las situaciones planteadas, el Servicio de Formación podrá realizar cuantas pruebas se estimen oportunas a fin de comprobar que el alumno las ha adquirido, aun cuando el alumno hubiera superado hasta ese momento todas las materias y actividades impartidas.

Estas pruebas también tendrán carácter de evaluación y, en caso de no ser superadas, se emitirá en un plazo máximo de 10 días informe del Servicio de Formación de Bomberos a la Dirección General de Emergencias para que a su vez ésta lo remita al Tribunal Calificador a efectos de que se valore su exclusión del proceso selectivo.

Fuerza mayor

En relación al punto 6.3.4 de las bases de la convocatoria, los aspirantes que no pudieran realizar el curso por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo previa solicitud en la convocatoria siguiente, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Las Rozas de Madrid, a 25 de marzo de 2022.—El Director General de Emergencias, Pedro A. Ruiz Escobar.

(03/6.282/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.



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Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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