Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
01-04-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220401-70

Páginas: 2







Boletín Oficial de la Comunidad de<br /> Madrid, número<br /> 78 | CVE:<br /> BOCM-20220401-70


Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

viernes 01/04/2022

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220401-70
Páginas: 295 a 296 - 2 págs.

PDF de la disposición

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

70
Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Decreto de Alcaldía número 2022001479, de fecha 15 de marzo de 2022

De conformidad con las competencias que me atribuyen los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; el artículo 30.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de la Comunidad de Madrid, y los artículos 43, 44 y 45 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, dispongo:

Primero.—Modificar el decreto número 2019003008, de fecha 17 de junio de 2019, en los términos que siguen:

A) Suprimir de la delegación establecida en dicho decreto en favor de doña Ana María Sabugo Marcello todo lo referente al ejercicio de acciones judiciales y defensa de la Corporación, así como lo relativo a la responsabilidad patrimonial.

B) Suprimir en la delegación establecida en dicho decreto en favor de don Francisco Javier Rodríguez Gallego todos los asuntos relacionados con la transparencia.

C) Dejar sin efecto la delegación que en tal decreto se establecía en materia de deportes y actividades saludables.

Segundo.—Nombrar concejal-delegado de Deporte y Actividades Saludables a don Eugenio Alejandro Dionisio Sánchez, con las siguientes atribuciones:

1. Planificación, construcción, conservación y mantenimiento de instalaciones deportivas, así como la organización de los servicios de las Escuelas Deportivas Municipales.

2. Dirección, ordenación, gestión e inspección de los Servicios Deportivos municipales, así como la elaboración, aprobación y gestión de programas y actuaciones en materia de Deporte.

3. Promoción, fomento y difusión del deporte y de actividades saludables, que incluirá la organización y celebración de campeonatos, olimpiadas escolares, etcétera.

4. La cooperación con otras administraciones públicas, entidades de derecho público, entidades de derecho privado y particulares que tengan como fin la ejecución de las competencias que son objeto de delegación, incluyendo la aprobación de la celebración de convenios.

5. La sanción de las faltas de desobediencia a la autoridad o por infracción de ordenanzas municipales en aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas en este decreto.

6. La publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos del Ayuntamiento en aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la citada Concejalía.

7. La adopción de medidas provisionales que, según la Legislación de Procedimiento Administrativo Común puedan adoptarse en el ejercicio de las competencias delegadas.

8. La concesión y aprobación de subvenciones, ayudas, becas y premios otorgados por parte del Ayuntamiento a favor de particulares, entidades privadas o públicas o a otras administraciones o entes públicos, que correspondan a su concejalía, y justificación de las concedidas al Ayuntamiento.

9. La propuesta para la aprobación de gastos como órgano gestor correspondientes a los contratos menores y a los procedimientos recogidos en el artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que afecten a los servicios propios de esta concejalía. La adopción de acuerdos respecto a los procedimientos negociados de contratación y a los procedimientos recogidos en el artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en materias que afecten a las delegaciones efectuadas.

10. La publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos del Ayuntamiento en aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la citada Concejalía.

11. La adopción de medidas provisionales que, según la Legislación de Procedimiento Administrativo Común puedan adoptarse en el ejercicio de las competencias delegadas.

12. La concesión y aprobación de subvenciones, ayudas, becas y premios otorgados por parte del Ayuntamiento a favor de particulares, entidades privadas o públicas o a otras administraciones o entes públicos, que correspondan a su concejalía, y justificación de las concedidas al Ayuntamiento.

Tercero.—Nombrar concejala-delegada en materia de transparencia y servicios jurídicos a doña Nerea Liquete Borrego, con las siguientes atribuciones:

1. La dirección de los servicios juridicos municipales y, en consecuencia todo lo referente al ejercicio de acciones administrativas y judiciales.

2. Todo lo referente a la tramitación y resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial.

3. La dirección, gestión, inspección y cualquier otro asunto relacionado con la prestación de los servicios municipales vinculados a la transparencia, así como la dirección, gestión e inspección y demás asuntos relacionados con las instalaciones de titularidad municipal destinadas a estos fines, con excepción de todo lo relacionado con la modernización y la administración electrónica.

4. La publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos del ayuntamiento en todas aquellas materias relacionadas con la competencia atribuida a dicha Concejalía.

Cuarto.—Las delegaciones efectuadas en el presente decreto surtirán efecto desde el 15 de marzo de 2022 y abarcan tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general y la de dictar las resoluciones que pongan fin al procedimiento correspondiente, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, y la de resolver el recurso de reposición contra las mismas, así como la revisión de oficio que se pueda plantear contra dichas resoluciones.

Quinto.—Las delegaciones contenidas en este decreto serán revocables en cualquier momento y comprenden el ejercicio de las competencias que han sido delegadas por la Alcaldía-Presidencia en las materias referidas, dejando sin efecto cualquier otra delegación que existiese con anterioridad hecha por la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Arganda del Rey.

Sexto.—Que de los anteriores nombramientos se dé cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre, notificándose personalmente a los designados.

Séptimo.—Que se proceda a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Decreto de Alcaldía número 2022001530, de fecha 16 de marzo de 2022

Visto el acuerdo de la sesión extraordinaria y urgente del Pleno de fecha 18 de junio de 2019, visto el decreto de la Alcaldía número 2022001479, de fecha 15 de marzo de 2022, por el que se nombran concejales-delegados y visto el decreto por el que se nombran tenientes de alcalde y en virtud de lo previsto, entre otros, en los artículos 7.2 de la Carta Europea de la Autonomía Local; 75, apartado 5, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 13 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, dispongo:

Primero.—Nombrar como cargo en régimen de dedicación exclusiva desde el 15 de marzo de 2022 en los términos y condiciones previstos en el acuerdo del Pleno mencionado en la parte expositiva a:

— Doña Nerea Liquete Borrego.

Segundo.—Publicar el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en los demás lugares donde sea preceptivo.

Tercero.—Notificar el presente decreto a la interesada, con advertencia que la aplicación del régimen de dedicación exclusiva depende de la aceptación expresa del cargo que da lugar a la misma”.

Arganda del Rey, a 16 de marzo de 2022.—El alcalde, Guillermo Hita Téllez.

(03/5.820/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.



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