Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2022

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220404-105

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID

CONTRATACIÓN

105
Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Contratación. Mesa contratación permanente

La Presidencia de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, en fecha 22 de marzo de 2022, mediante resolución de Presidencia número 2022-0183, ha adoptado el siguiente acuerdo, que se trascribe literalmente salvo error u omisión involuntario, en relación al expediente de creación de la Mesa de Contratación Permanente de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid y designación de sus miembros:

Primero.—Crear la Mesa de Contratación Permanente en la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid para asistir a los órganos de contratación en los distintos procedimientos de adjudicación abiertos, abiertos simplificados, restringidos, de diálogo competitivo, de licitación con negociación y de asociación para la innovación que celebre esta Administración pública, que no sean competencia de una Junta de Contratación, y designar con carácter permanente a sus miembros, que serán los siguientes:

— Don José María Porras Agenjo, presidente de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, que actuará como presidente de la Mesa.

— Don Alfonso Huerta Herrera, personal laboral al servicio de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid como personal técnico administrativo, como vocal.

— Don José Escolar Varela, personal laboral al servicio de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid como personal técnico administrativo, como vocal.

— Doña Antonia Virtudes Moya Fernández, personal laboral al servicio de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid como personal técnico administrativo, como vocal.

— Doña Victoria Eugenia Olivares Ruiz, secretaria-interventora tesorera de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, que actuará como secretaria de la Mesa.

Todo ello, sin perjuicio de que la Mesa de Contratación Permanente pueda incorporar los asesores que estime conveniente, los cuales actuarán con voz pero sin voto.

Segundo.—Establecer que la Mesa de Contratación Permanente se reunirá, con carácter general, los martes a partir de las 15:30 horas, fuera del horario general de esta Administración, sin perjuicio de que, por necesidades del servicio, y solo con carácter excepcional, las Mesas deban celebrarse otro día, pero en sesión de tarde.

Tercero.—Comunicar a los miembros designados su nombramiento como miembros de la Mesa de Contratación Permanente de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.

Cuarto.—La presente resolución entrará en vigor el día 15 de abril de 2022 y deja sin efecto todos aquellos acuerdos y resoluciones anteriores que pudieran, en su caso, contradecir lo dispuesto en la misma.

Quinto.—Publicar la presente resolución en el “perfil del contratante” de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos que correspondan.

Sexto.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar a contar desde el día hábil siguiente al de su notificación o publicación, ante la Presidencia de esta entidad, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda en su caso, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Séptimo.—De esta resolución se dará cuenta a la Junta Plenaria en la primera sesión ordinaria que se celebre, y será comunicada en extracto a las Administraciones del Estado y Comunidad de Madrid.

Lo que se publica general conocimiento y en cumplimiento del artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Dado en Griñón, a 22 de marzo de 2022.—El presidente, José María Porras Agenjo.

(03/5.886/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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