Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2022

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220404-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 36

107
Madrid número 36. Procedimiento 537/2021

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 537/2021 entre contra SILVIA FERNANDEZ GALAN por un presunto delito de Usurpación, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 332/2021

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. MARÍA JOSÉ ORTEGA MORENO.

Lugar: Madrid.

Fecha: quince de diciembre de dos mil veintiuno.

Vistos por mí, Dª MARIA JOSE ORTEGA MORENO, MAGISTRADA-JUEZ DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. TREINTA Y SEIS DE MADRID, los presentes autos de Juicio de delito leve arriba referenciado, seguidos por usurpación de inmueble, con intervención del Ministerio Fiscal, siendo denunciante SERGIO AMO YERGA y denunciadas ASUNCION FERNANDEZ JIMENEZ y SILVIA FERNANDEZ GALAN.

FALLO

Que debo condenar y condeno a ASUNCION FERNANDEZ JIMENEZ como autora criminalmente responsable de un delito leve de usurpación de inmueble en grado de tentativa a la pena, de dos meses de multa, con una cuota diaria de tres euros, esto es, ciento ochenta euros-180 euros- y al pago de las costas si las hubiere, debiendo apercibirse a la condenada que en caso de impago de la multa y declarada su insolvencia podrá aquella ser sustituida por un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

El importe de la condena deberá ingresarse en la cuenta de este Juzgado en el Banco de Santander número 2556-0000-A1-0537.21.

Que debo absolver y absuelvo de todo pronunciamiento en contra a SILVIA FERNANDEZ GALAN.

Firme esta resolución inscríbase en el Registro Central de Penados.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación para su resolución por la Ilma Audiencia Provincial de Madrid y ello en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación, período en el que se hallarán las actuaciones en secretaría a disposición de las partes, debiendo formalizarse y tramitarse el recurso conforme a lo dispuesto en los artículos 790 a 792 de la LECR.

Así lo ordeno, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a SILVIA FERNANDEZ GALAN expido y firmo la presente.

En Madrid, a 15 de marzo de 2022.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/5.331/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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