Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2022

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220404-36

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2022, de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales, por la que se determinan las líneas eléctricas aéreas de alta tensión existentes en zonas de protección aprobadas en la Comunidad de Madrid, que no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

Las líneas eléctricas de alta tensión son una fuente potencial de mortalidad para muchas especies de aves, especialmente para aquellas de tamaño corporal mediano y grande. La creciente demanda de energía eléctrica en los últimos decenios ha exigido el incremento del número de tendidos eléctricos instalados en el medio natural, con el consiguiente riesgo de electrocución o de colisión de las aves en dichas infraestructuras. La electrocución y la colisión en las estructuras de conducción eléctrica están entre las principales causas de mortalidad no natural más frecuentes en la avifauna, principalmente en especies amenazadas, hasta el punto de suponer actualmente el mayor problema de conservación para diversas especies de grandes rapaces.

Para minimizar los efectos negativos sobre las aves de las líneas eléctricas de alta tensión se aprobó el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión (RD 1432/2008, de 29 de agosto, en adelante), estableciendo un marco normativo de carácter básico, con normas de carácter técnico de aplicación a las líneas eléctricas aéreas de alta tensión con conductores desnudos ubicadas en lo que denominan como “zonas de protección”.

Mediante Resolución de 6 de julio de 2017 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de julio), la Dirección General del Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid dispuso la delimitación y la publicación de las zonas de protección existentes en la Comunidad de Madrid en las que serán de aplicación las medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en las líneas eléctricas aéreas de alta tensión recogidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto (zonas de protección en adelante).

Posteriormente, se aprobó la Resolución de 4 de febrero de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de febrero), de la Dirección General de Medio Ambiente y Sostenibilidad, por la que se determinan las líneas eléctricas aéreas de alta tensión existentes en zonas de protección aprobadas en la Comunidad de Madrid, que no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.

La presente resolución tiene como objetivo actualizar dicho listado, incluyendo tendidos que no se ajustan a prescripciones y que han sido conocidos por la Dirección General con posterioridad y eliminando aquellos que han sido corregidos desde su publicación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, en relación con el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, procede la determinación de las líneas eléctricas aéreas de alta tensión existentes en las zonas de protección aprobadas en la Comunidad de Madrid que no cumplen las medidas de prevención contra mortalidad de avifauna.

Visto el informe-propuesta de la Subdirección General de Recursos Naturales,

RESUELVO

Primero

En cumplimiento del artículo 5.2 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, se identifican las líneas eléctricas aéreas de alta tensión localizadas en las zonas de protección existentes en la Comunidad de Madrid (Resolución de 6 de julio de 2017, de la Dirección General de Medio Ambiente), que se tiene conocimiento que no se ajustan a las prescripciones técnicas para prevenir la electrocución (artículo 6 del Real Decreto). Son las relacionadas en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo

En cumplimiento del artículo 5.2 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, se identifican las líneas eléctricas aéreas de alta tensión localizadas en las zonas de protección existentes en la Comunidad de Madrid (Resolución de 6 de julio de 2017, de la Dirección General de Medio Ambiente) que se tiene conocimiento que provocan mortalidad de aves por colisión o bien está acreditado el riesgo de producirlo. Son las relacionadas en el anexo II de la presente Resolución.

Tercero

En el caso de que, tras la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se detectara en las zonas de protección aprobadas alguna línea eléctrica que no se ajustara a las medidas preventivas establecidas en el artículo 6 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, y fuera precisa su corrección inmediata, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales comunicará dicha circunstancia a su titular, a los efectos oportunos.

Cuarto

Esta resolución se notificará a los titulares de las líneas eléctricas aéreas de alta tensión definidas en las disposiciones primera y segunda de la presente resolución y los anexos correspondientes de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinto

Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la página web de la Comunidad de Madrid.

Sexto

La presente resolución actualiza la de 4 de febrero de 2019, de la Dirección General de Medio Ambiente y Sostenibilidad, por la que se determinaban las líneas eléctricas aéreas de alta tensión existentes en zonas de protección aprobadas en la Comunidad de Madrid, que no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de recepción de la correspondiente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 14 de marzo de 2022.—El Director General de Biodiversidad y Recursos Naturales, Luis del Olmo Flórez.









(03/6.017/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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