Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2022

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220404-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

87
Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

BDNS: 617501

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.—1. Los beneficiarios serán conjuntamente los progenitores o adoptantes residentes en Pozuelo de Alarcón, que consten en el libro de familia o en la certificación literal del Registro Civil en el que figure registrado su nacimiento o adopción.

Si en la citada documentación acreditativa figurase un solo progenitor o adoptante, será éste el único beneficiario.

En los casos en los que los hijos estén, exclusivamente, a cargo del solicitante, será este el único beneficiario.

En todo caso, se considerará la situación de convivencia en la fecha de solicitud de la ayuda.

2. Los extranjeros que residan en Pozuelo de Alarcón podrán beneficiarse de esta ayuda siempre que los progenitores que están al cargo del menor tengan residencia legal en España y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

3. En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores o adoptantes privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por una Institución Pública o persona física.

Segundo. Objeto.—Ayudas por nacimiento o adopción de hijo/a/s producidos entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2021.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza General de Subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2012.

Cuarto. Cuantía.—El importe global máximo de las ayudas convocadas para el período indicado asciende a 230.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 06.2312.48007 (“Ayudas económicas”), del Presupuesto de Gastos de 2022 del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Si el crédito presupuestario disponible no alcanzara a cubrir la totalidad de las ayudas solicitadas que cumplan los requisitos, las solicitudes se ordenarán cronológicamente (día y hora de entrada en el Registro) hasta el agotamiento del crédito. La concesión de las ayudas al resto de solicitudes que cumplen los requisitos quedará sometida a la condición suspensiva de crédito adecuado y suficiente a través de la tramitación de la correspondiente modificación presupuestaria.

La ayuda por nacimiento o adopción será de pago único y de hasta 2.500 euros de importe por cada hijo nacido o adoptado, dependiendo de las circunstancias de cada unidad familiar, que se establecen en la presente convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Pozuelo de Alarcón, a 25 de marzo de 2022.—El titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Eduardo Oria de Rueda Elorriaga.

(03/6.297/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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