Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
06-04-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220406-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALGETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

39
Algete. Régimen económico. Ordenanza fiscal incremento valor de terrenos

Mediante acuerdo plenario de fecha 31 de marzo de 2022, en sesión ordinaria, se adoptó el acuerdo de aprobación del expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

En virtud del RD Ley 26/2021, de 8 de noviembre, que modifica el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales, se expondrá en el tablón de anuncios, así como en la sede electrónica, durante el plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Finalizado el plazo de exposición pública, el Ayuntamiento deberá adoptar el acuerdo definitivo que proceda, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la modificación a que se refiere el acuerdo provisional. En el caso de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. El texto íntegro de la modificación habrá de ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su entrada en vigor.

Lo que se hace público para conocimiento general

En Algete, a 4 de abril de 2022.—El concejal-delegado de Hacienda, Jesús Fernández Cartón.

(03/6.832/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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