Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
06-04-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220406-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
Villamanta. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Anuncio del extracto de la convocatoria de concesión de ayudas municipales para afrontar obligaciones derivadas del mantenimiento de la vivienda habitual, en este término municipal de Villamanta.

BDNS (Identif.): 618032

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.—Las personas físicas empadronadas en el municipio de Villamanta (Madrid), con al menos un año de antigüedad, que sean titulares, en régimen de propiedad o arrendamiento, de la vivienda que constituya su domicilio habitual a 1 de enero del año 2021.

Segundo. Finalidad.—Apoyar económicamente a la ciudadanía del municipio de Villamanta (Madrid), para colaborar como compensación en los gastos derivados del mantenimiento de la vivienda que constituya su domicilio habitual.

Tercero. Bases reguladoras.—Bases reguladoras aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de Villamanta, en fecha de 3 de marzo de 2022, y convocatoria de concesión de las ayudas aprobadas por Decreto de Alcaldía 97/2022, de 8 de marzo de 2022.

Cuarto. Cuantía de la ayuda.—El presupuesto de la presente convocatoria asciende a 150.000,00 euros, que se financian con cargo a la partida presupuestaria 232.480.00 del vigente presupuesto municipal.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo de las bases reguladoras de la subvención. Se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de treinta días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Villamanta, a 30 de marzo de 2022.—El alcalde, Valentín Pereira Fresno.

(03/6.539/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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