Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
07-04-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220407-57

Páginas: 14


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AJALVIR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

57
Ajalvir. Organización y funcionamiento. Plan municipal igualdad

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio del Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Ajalvir, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

I PLAN MUNICIPAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AJALVIR

Ajalvir, enero 2022.

1. Presentación

El Ayuntamiento de Ajalvir inicia el I Plan de actuación Municipal para la Igualdad entre mujeres y hombres, siendo el instrumento principal para la igualdad de oportunidades en todos los ámbitos, marcando las líneas de actuación a corto y medio plazo para llegar a la igualdad entre mujeres y hombres en nuestro municipio.

Con el Plan de Actuación Municipal para la Igualdad iniciamos un proceso de responsabilidad social en materia de igualdad para crear un lugar de trabajo diverso e inclusivo, en el compromiso de la eliminación de las desigualdades entre ambos sexos. Con este Plan queremos avanzar en la aplicación del principio de igualdad de trato y de oportunidades desde el enfoque de la transversalidad, de manera que la igualdad esté presente y se integre en el conjunto de las políticas municipales.

Este Plan ha sido realizado por el compromiso del Ayuntamiento de Ajalvir con la igualdad y gracias a la colaboración y participación del personal municipal, grupos políticos, asociaciones y la población en general que han colaborado en su desarrollo. En él se recogen las líneas de actuación, objetivos y medidas que condicionarán las políticas presentes y futuras de igualdad entre mujeres y hombres en el Ayuntamiento de Ajalvir.

El compromiso político con la consecución de la igualdad en nuestro municipio servirá para impulsar su desarrollo y promover la implicación de los diferentes agentes sociales, con los objetivos de mejorar la vida de las mujeres de Ajalvir, incentivando su participación igualitaria en todos los espacios, construir un municipio libre de violencia de género; en definitiva, avanzar en la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

2. Introducción y contexto normativo

El Plan de Actuación Municipal para la Igualdad entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Ajalvir se forma en la necesidad de desarrollar un plan de igualdad viable, que se adapte a la realidad y momento actual que vive la sociedad, poniendo en marcha medidas de actuación que cubran las necesidades detectadas en materia de igualdad, desarrollo y progreso.

El Plan es el resultado de un diagnóstico en profundidad donde se ha analizado la situación del municipio de Ajalvir en materia de igualdad, a través del cual se han detectado las desigualdades de género existentes, así como las necesidades y demandas para la consecución de un objetivo de igualdad real.

La elaboración del Plan de Actuación Municipal para la Igualdad ha tomado como base documental, jurídica y técnica las siguientes directrices normativas:

— En el contexto de Naciones Unidas, la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789 marca el precedente de las democracias actuales. Las Naciones Unidas asumían en su Carta Fundacional redactada en 1945, el compromiso con la igualdad de derechos de mujeres y hombres. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de Naciones Unidas de 1948 recogió el reconocimiento del principio jurídico universal de igualdad entre mujeres y hombres. El año 1945, en el que tuvo lugar la primera Conferencia Mundial sobre la Mujer, se declaró como Año Internacional de la Mujer, y se comprometió el “Decenio de la Naciones Unidas para la Mujer 1975-1985”. Se aprueba en la Asamblea General de la ONU en diciembre de 1979 la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer.

— La igualdad entre mujeres y hombres también constituye un valor esencial de la Unión Europea (UE), en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 26 de agosto de 1789, la Asamblea General de Naciones Unidas aprueba en diciembre de 1979 la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, ratificada por España en 1983, así lo recogen los artículos 2 y 3 del Tratado de la Unión Europea de 1993, los artículos 8, 153 y 157 del Tratado de Funcionamiento de la UE de 2010 y los artículos 21 y 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales del año 2000.

— En el estado español, la Constitución Española de 1978 reconoce el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo como un derecho fundamental en su artículo 14, que establece que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. España es un país pionero y promotor en la lucha contra la violencia de género a raíz de la aprobación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, expresa que la violencia de género es el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de igualdad, libertad, respeto y capacidad de decisión.

— Una de las leyes más importantes hasta la fecha, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, según la cual las entidades locales integrarán el derecho de igualdad en el ejercicio de sus competencias y colaborarán, a tal efecto, con el resto de las Administraciones Públicas.

— En la Comunidad de Madrid, el Estatuto de Autonomía, Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero recoge, en su Artículo 1.3, los principios de libertad, justicia e igualdad. Y en el Artículo 26.1.25, asume la “promoción de la igualdad respecto a la mujer que garantice su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural”. Además, se constituye como organismo de igualdad autonómico la Dirección General de la Mujer, por Decreto 3/1989 de 19 de enero.

— Respecto a la protección de las mujeres frente a la violencia de género en la Comunidad de Madrid está en vigor la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.

— En el ámbito local, el municipio de Ajalvir cuenta con la Concejalía de Mujer desde 1999, y en 2007 Concejalía de Igualdad. En 1992 Ajalvir entra a formar parte de la Mancomunidad 2016 de Servicios Sociales, cubriendo una zona de 14 municipios incluyendo Ajalvir, asistiendo de forma presencial con apoyo psicológico, formativo y económico a todas las personas que lo solicitan y siendo las mujeres quienes más reclaman este servicio, un 60,14% frente a los hombres con un 39,86%.

— La Mancomunidad asiste de forma presencial a todas las personas que los solicitan en las siguientes áreas:

• Psicológico.

• Formativo.

• Económico.

El 60,14% de las personas que asisten a este servicio son mujeres, frente al 39,86% de hombres.

El artículo 25.2.o) de la Ley de 1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, prevé que el Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias las actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, así como contra la violencia de género.

Legislaciones aplicables:

• Los artículos 14/21 a Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

• Los artículos 21.4 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de Administraciones Públicas.

• Los artículos 21.1.s) y 25.2.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

3. Elaboración del Plan y situación de partida en el municipio según el diagnostico

En el municipio de Ajalvir no se han desarrollado hasta el momento planes ni estrategias de igualdad.

Estrategia Municipal para la Igualdad de Oportunidades

El I Plan de Actuación Municipal para la Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Ajalvir tiene como finalidad establecer pautas, seguimientos para detectar casos de violencia de género y avanzar respecto a la situación actual, consolidando la integración igualitaria entre trabajadores, impulsando nuevas líneas de intervención que permitan posicionar al Ayuntamiento de Ajalvir como referente en igualdad de oportunidades.

— Este Plan se ha hecho a través de un estudio de situación que ha estado abierto a la participación tanto del personal municipal técnico y político como de diferentes asociaciones locales:

• Asociación de mujeres.

• Vecinos particulares de Ajalvir.

• Otros voluntarios que se han involucrado en este Plan.

Este diagnóstico ha permitido:

— Conocer la situación de mujeres y hombres en todos los ámbitos de intervención social del Plan de Actuación Municipal para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

— Identificar las deficiencias, carencias y necesidades para alcanzar los objetivos de igualdad a corto, medio y largo plazo.

— Identificar aquellos elementos facilitadores y los posibles obstáculos para la integración de la transversalidad de género en las políticas públicas del Ayuntamiento, y establecer las oportunidades de intervención y seguimiento en el municipio.

— Desarrollar propuestas y recomendaciones en materia de igualdad para la mejora de la situación de mujeres y hombres en el municipio.

3.1. Las fases establecidas para la elaboración del Plan de Actuación han de ser las siguientes:

Se realizan varias reuniones de coordinación entre la Concejalía de Igualdad y Agentes Sociales con el fin de conocer la situación en la que se encuentra el municipio, las posibilidades e impedimentos de actuación, fijar criterios para el diseño del Plan de Trabajo relacionado con el diagnóstico.

A continuación, se diseñarán las herramientas de recopilación de información del municipio (estadísticas, programas, planes, etc.).

— Se creará un grupo de trabajo con Agentes Sociales, donde se valorarán las necesidades, dificultades y propuestas de actuación para la consecución de una igualdad real en el municipio.

— Por otra parte, la ciudadanía podrá participar aportando sus opiniones en un cuestionario que se determinará.

— Se lanzará un cuestionario dirigido a las Áreas del Ayuntamiento para conocer sus posiciones sobre la integración de la igualdad en los diferentes ámbitos de competencia.

Con toda la información recopilada se elaborará el informe del diagnóstico y el Plan de Actuación Municipal para la Igualdad entre mujeres y hombres validado tanto por los Agentes Sociales como por las Áreas municipales.

3.2. Algunos datos sobre la situación del municipio de Ajalvir:

— La población de Ajalvir es de 4.721 habitantes empadronados:

• Mujeres son 2.270.

• Hombres son 2.451.

— La población mayor de 18 años es de 3.824 habitantes:

• Mujeres son 1.798.

• Hombres son 2.026.

— La población extranjera en Ajalvir es de 802 habitantes:

• Mujeres son 409.

• Hombres son 393.

— La población activa en Ajalvir es de 3.352 personas:

• Mujeres son 1.743.

• Hombres son 1.609.

— La población desempleada en Ajalvir es de 277 personas:

• Mujeres son 170.

• Hombres son 117.

— La población desempleada en Ajalvir de larga duración 133 personas:

• Mujeres son 77.

• Hombres son 56.

— La tasa de desempleo general es de 8,26% sobre la población activa:

• La tasa de desempleo femenina es 4,77%.

• La tasa de desempleo masculina es 3,49%.

— La tasa de desempleo de larga duración es 48,01% sobre el total de desempleados:

• La tasa de desempleo femenina es 27,80%.

• La tasa de desempleo masculina es 20,22%.

A la vista de los datos laborales podemos determinar que la brecha laboral de género nos indica que:

— Por cada 100 personas empleadas 52 son mujeres.

— Por cada 100 personas desempleadas 48 son mujeres.

— Por cada 100 personas desempleadas larga duración 57 son mujeres.

Esto nos indica que la brecha laboral afecta claramente a las mujeres siendo una de las causas la alta rotación en el empleo femenino.

— Situación laboral en el Ayuntamiento de Ajalvir:

• Mujeres son 38.

• Hombres son 26.

— Media de masa salarial:

• Mujeres son 796.587 euros.

• Hombres son 778.494 euros.

3.3. Las principales necesidades tienen que ver con:

— La introducción de la perspectiva de género de manera transversal en la políticas y actuaciones del Ayuntamiento.

— La formación del personal municipal en particular y la población en general en materia de género e igualdad de oportunidades.

— El uso de un lenguaje inclusivo y no sexista en las comunicaciones y documentación del Ayuntamiento.

— La sensibilización de la comunidad educativa.

— La independencia económica de hombres y mujeres.

— La conciliación de la vida privada y profesional.

— La igual representación de hombres y mujeres en la toma de decisiones.

— La erradicación de cualquier forma de violencia de género:

• El número de personas atendidas por violencia de género del municipio de Ajalvir fueron:

– 42 mujeres y 3 menores en el año 2020.

– 29 mujeres y 5 menores en el año 2019.

— La promoción de la igualdad en las políticas externas y de desarrollo.

— El fomento de la participación de las mujeres en la actividad socio-política del municipio, así como la creación de redes entre el tejido asociativo.

4. Principios rectores

El Plan de Actuación Municipal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Ajalvir asienta sus pilares en los siguientes principios rectores:

— Compromiso institucional, impulsando, apoyando y colocando la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el centro de la actuación municipal.

— Igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, eliminando las discriminaciones, directas e indirectas, por razón de sexo, en cualquier ámbito de la vida política, social o económica haciendo efectivo el principio de igualdad entre mujeres y hombres.

— Transversalidad de género, permitiendo que el principio de igualdad se aplique de forma activa en todos los ámbitos y en todos los niveles de actuación del municipio.

— Participación, implicando a diferentes agentes de todos los ámbitos, en particular a los organismos que gestionan las políticas y los recursos, las asociaciones de mujeres y las propias usuarias de los servicios, a lo largo del proceso que conlleva el Plan de Actuación, aportando conocimientos, experiencias e iniciativas para promover el Plan de igualdad.

— Diversidad, prestando atención a la hora de diseñar e implementar las políticas y acciones a las necesidades e intereses de las mujeres en toda su heterogeneidad, en particular a aquellas que tengan especiales dificultades, teniendo en cuenta la procedencia, la raza, la edad, la diversidad funcional, etc.

— Coordinación, promoviendo líneas de colaboración consolidadas con todas las áreas municipales, entidades públicas y privadas, así como con agentes sociales del municipio de Ajalvir.

La finalidad del Plan es generar una serie de cambios estructurales enfocados a eliminar las desigualdades de género en el municipio y promover la equidad entre mujeres y hombres.

El Plan tendrá una duración de dos años para su ejecución.

5. Estructura y contenido

El Plan de Actuación para la Igualdad se estructurará en torno a 7 líneas estratégicas y 58 medidas que abarcan todos los ámbitos de la vida económica, política, social y cultural del municipio de Ajalvir.

Las Líneas estratégicas que conforma el Plan de Actuación son las siguientes:

1. Gobernanza y transversalidad de la igualdad.

2. Erradicación de la violencia de género.

3. Empoderamiento de las mujeres y participación ciudadana.

4. Educación y cultura para la igualdad.

5. Desarrollo económico y conciliación.

6. Salud y calidad de vida.

7. Espacio urbano.

5.1. Línea estratégica 1 “Gobernanza y transversalidad de la igualdad”:

Objetivo general:

Incorporar el principio de igualdad en la acción municipal y en el conjunto de las políticas.



5.2. Línea estratégica 2 “Erradicación de la violencia de género”:

Objetivo general:

Erradicar la violencia contra las mujeres impulsando la educación, prevención, sensibilización, investigación y apoyo a las víctimas.



5.3. Línea estratégica 3 “Liderazgo de las mujeres y participación ciudadana”:

Objetivo general:

Mejorar la presencia y participación de las mujeres en la vida municipal de Ajalvir en todos los ámbitos.

5.4. Línea estratégica 4 “Educación y Cultura para la igualdad de oportunidades”:

Objetivo general:

Contribuir a la creación de una sociedad basada en valores igualitarios.



5.5. Línea estratégica 5 “Desarrollo económico y conciliación”:

Objetivo general:

Impulsar la autonomía económica y laboral de las mujeres favoreciendo la conciliación y la corresponsabilidad.

5.6. Línea estratégica 6 “Salud y calidad de vida”:

Objetivo general:

Mejorar la calidad de las mujeres mediante la promoción de la salud y la creación de hábitos saludables a lo largo de todos los ciclos vitales y para las mujeres que se encuentre en cualquier situación.

5.7. Línea estratégica 7 “Espacio urbano”:

Objetivo general:

Mejorar y garantizar el desarrollo del municipio seguro, funcional y accesible para las mujeres y los hombres.

6. Gestión y coordinación del Plan

Para dar cumplimiento a los objetivos y las líneas estratégicas planteadas en el Plan, se establece un modelo de gestión para garantizar la correcta aplicación de las medidas propuestas. El proceso de coordinación y de participación adquiere una gran importancia para que el Plan alcance los objetivos propuestos y consiga un cambio en las estructuras, valores, prioridades, etc.

Desde el enfoque de la transversalidad en el que este Plan ha puesto el acento, resulta de gran importancia implicar a todos los ámbitos municipales, grupos de interés y asociaciones del Municipio en su desarrollo, articular un sistema de coordinación para lograr el éxito de las actuaciones fijadas.

Para ello, la Concejalía de Igualdad juega un papel fundamental en la coordinación de todo el proceso y como facilitadora del desarrollo, seguimiento y evaluación del Plan.

Comisión técnica intermunicipal de seguimiento del Plan:

Presidida por el Sr. Alcalde, Sr. Secretario y Grupo de Gobierno. Las funciones de la Comisión son aprobar el plan de trabajo anual articulando los recursos necesarios para su ejecución y coordinar el desarrollo y evaluación de las acciones del Plan que afecten a las distintas áreas de competencia.

El Plan establece una serie de directrices a seguir por parte de las diferentes Áreas Municipales quienes tendrán la responsabilidad del desarrollo del Plan de Igualdad.

Se planificará un programa formativo anual en materia de igualdad y género dirigido al personal político y técnico para facilitar la puesta en marcha de las políticas desde la óptica de la igualdad.

Por otro lado, los Agentes Sociales participarán de manera proactiva en el buen funcionamiento del Plan y además, de los mecanismos informativos y de consulta ya establecidos, se constituirá un Grupo de Trabajo técnico configurado en el marco del Plan de igualdad encargado de impulsar y hacer el seguimiento del Plan.

Todo ello permitirá una adecuada coordinación, impulso y seguimiento del Plan a nivel interno en el marco de las políticas y con el tejido asociativo que representa a la ciudadanía facilitando que el Plan sea un documento abierto y vivo sobre el que ir trabajando conforme a las necesidades y prioridades que se puedan ir dando.

7. Implementación, seguimiento y evaluación del plan

Para dar cumplimiento a los objetivos del Plan es necesaria la realización de un seguimiento permanente donde poder ir conociendo de primera mano el buen funcionamiento de las medidas propuestas, con el propósito de poder reconducir aquellas que se desvíen para que se puedan acercar a los objetivos iniciales y poder realizar la evaluación continua del Plan de Igualdad.

El seguimiento y la evaluación son fases inherentes a su ejecución y además de ser elementos necesarios para medir los resultados y el impacto del Plan refuerzan y fortalecen el compromiso institucional con la igualdad entre mujeres y hombres.

La evaluación se hará atendiendo a diferentes tipos de indicadores:

— Realización de las medidas del plan.

— Resultados midiendo el alcance de los objetivos.

— Impacto, analizando los cambios producidos en relación con los objetivos generales.

El proceso evaluativo se articula conforme a los siguientes hitos que deberán ser incluidos en las planificaciones anuales:

Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid con sede en Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Ajalvir, a 25 de marzo de 2022.—El alcalde, Víctor Miguel Malo Gómez.

(03/6.303/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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