Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
08-04-2022

Sección 1.2.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220408-2

Páginas: 10


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

2
RESOLUCIÓN de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se hace pública la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad de Madrid, que se ofrecen a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial, turno libre, convocadas por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero.

De conformidad con lo establecido en la base decimoséptima de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo (“Boletín Oficial del Estado” de 15 de marzo), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los Cuerpos de Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, en la base 8.1.a) de la Orden JUS/60/2020, de 15 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de enero), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Auxilio Judicial, se resuelve:

Primero

Hacer pública la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid (Anexo I), que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre convocado por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero.

Segundo

Las solicitudes de destino de los aspirantes de este ámbito se presentarán a través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, directamente o a través de las diferentes Oficinas de Atención al Ciudadano de la misma y dirigidas a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, o por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (“Boletín Oficial del Estado” del día 2 de octubre), en el plazo de veinte días hábiles contados a partir de la publicación de la relación definitiva de aprobados en el “Boletín Oficial del Estado”, según lo establecido en la base 8.1.a) de la convocatoria del proceso selectivo, mencionada anteriormente.

Tercero

Las solicitudes se formalizarán según modelo que aparece como Anexo II de esta Resolución de acuerdo con las siguientes instrucciones:

En el modelo de instancia podrán relacionarse hasta el máximo de las plazas ofertadas, indicando el órgano, la localidad, la provincia y la función.

En caso de no corresponderle ninguno de los destinos especificados de esta forma, por no solicitar un número suficiente de plazas, se seguirá el orden de preferencia que los interesados indiquen en el modelo de solicitud.

Los destinos serán adjudicados por el siguiente orden:

1. Tribunal Superior de Justicia.

2. Audiencia Provinciales.

3. Fiscalías.

4. Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

5. Decanatos y servicios comunes.

6. Juzgados de Instrucción.

7. Juzgados de lo Penal.

8. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.

9. Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

10. Juzgados de Primera Instancia.

11. Juzgados de lo Mercantil.

12. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

13. Juzgados de lo Social.

14. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.

15. Juzgados de Menores.

16. Juzgados de Paz.

Cuarto

Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido en todo el proceso selectivo.

Quinto

Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.

Sexto

De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas, se procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas.

Séptimo

La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Octavo

Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en este hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Noveno

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia y Víctimas en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 1 de abril de 2022.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.















(03/6.785/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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