Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
08-04-2022

Sección 1.2.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220408-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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ORDEN 766/2022, de 25 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 734/2021, de 23 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 7 de septiembre), para la provisión de dos puestos de carrera vacantes de naturaleza laboral, por el sistema de selección objetiva, en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

Por Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura 734/2021, de 23 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 7 de septiembre), se aprobó convocatoria pública para la provisión de dos puestos de carrera de naturaleza laboral, por el sistema de selección objetiva, vacantes en la citada Consejería.

El procedimiento de provisión se ha desarrollado de conformidad con lo establecido en el Convenio Colectivo para Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024) para la provisión de puestos de carrera por el sistema de selección objetiva, así como lo previsto en las bases de convocatoria aprobadas por la Orden 734/2021, de 23 de agosto.

En consecuencia, de acuerdo con la propuesta efectuada por la Comisión de Valoración de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, nombrada mediante Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, y en virtud de la competencia atribuida en el artículo 73.4 del Convenio Colectivo, y en el artículo 4.1 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y empresas públicas en materia de personal,

RESUELVO

Primero

Se adjudican los puestos de trabajo convocados al personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid que figura en el anexo.

El destino obtenido será definitivo e irrenunciable, salvo que el candidato propuesto obtenga otro puesto de carrera convocado con anterioridad a la adjudicación.

El acceso a un puesto de carrera no supondrá en ningún caso la reserva del puesto de procedencia.

Deberá formalizarse en los contratos de trabajo la oportuna diligencia.

Segundo

Los trabajadores afectados cesarán en los puestos de trabajo que desempeñan en la actualidad con efectos del último día del mes en que la presente Orden se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y la incorporación a los nuevos puestos deberá producirse con efectos del día uno del mes siguiente.

Para todas aquellas personas que se encuentren disfrutando de permisos o licencias que, en su caso, les hayan sido concedidos, o en supuesto de baja por incapacidad temporal, el cómputo para la incorporación se iniciará el día siguiente al de finalización de los permisos o licencias o al día siguiente a aquel en el que se produjera el alta médica.

Tercero

Contra la presente Orden podrán los interesados interponer demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 25 de marzo de 2022.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, P. D. (Orden 369/2022, de 24 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de marzo de 2022), el Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.

(03/6.470/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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