Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
08-04-2022

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220408-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

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Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto número 1569/2022, de fecha 24 de marzo, del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:

1.o Disponer la modificación del decreto número 774/2022, de 14 de febrero, del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 48, de fecha 25 de febrero de 2022), por el que se aprobaron las bases específicas que rigen la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura, en ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2018, por el turno de promoción interna independiente, mediante el sistema de concurso de valoración de méritos, de tres plazas de personal laboral de inspector de servicios, encuadradas en la categoría L4 de clasificación profesional, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en el sentido que se indica:

En el apartado 4.o de la parte dispositiva, donde dice:

«(...) El plazo de presentación de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”».

En el apartado 4.o de la parte dispositiva, debe decir:

“(...) El plazo de presentación de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la resolución que prevea la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

En la base 4.4. Plazo de presentación de solicitudes, donde dice:

«(...) El plazo de presentación de las solicitudes de participación será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado” (...)».

En la base 4.4. Plazo de presentación de solicitudes, debe decir:

“(...) El plazo de presentación de las solicitudes de participación será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución que prevea la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (...)”.

2.o Ordenar la publicación de la presente modificación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, así como en la web municipal.

3.o Iniciar el cómputo del plazo de veinte días hábiles de presentación de solicitudes de participación a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente modificación.

4.o Las bases específicas a tener en cuenta en la presente convocatoria serán, en todos sus términos, las acordadas por Decreto número 774/2022, de 14 de febrero, del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 48, de fecha 25 de febrero de 2022).

5.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente.

En Boadilla del Monte, a 28 de marzo de 2022.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, Jesús Egea Pascual.

(01/6.345/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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