Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
09-04-2022

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220409-1

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

1
RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Acta de 10 de marzo de 2022, de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de Actores y Actrices de la Comunidad de Madrid (código 28005805011991).

Examinada el Acta de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de Actores y Actrices de la Comunidad de Madrid, de fecha 10 de marzo de 2022, completada la documentación exigida en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 42/2021 de 19 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 28.1.h) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General,

RESUELVE

1. Inscribir el Acta de 10 de marzo de 2022, en el Registro de Convenios Colectivos Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.

Madrid, a 23 de marzo de 2022.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA PARITARIA DEL VI CONVENIO COLECTIVO DE ACTORES Y ACTRICES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Asistentes:

CCOO: Dña. Maite Sánchez.

UGT: D. Jesús Muros.

Unión de actores y actrices:

— D. Luís José Ventín.

— D. Eduardo Amérigo.

Asociación de Productores y Teatros de Madrid:

— D. José Luis Alonso.

— D. Jesús Cimarro.

— D. Pablo Belchi.

ARTEMAD: D. Javier Ortiz.

INAEM: D. José María Castillo.

Siendo las 14:00 horas del día 10 de marzo de 2022, mediante conexión telemática, se reúnen las personas reseñadas al margen, componentes de la Comisión Mixta Paritaria del VI Convenio Colectivo del Sector de Actores y Actrices de Madrid (código número 28005805011991).

Que la reunión cuenta con el siguiente orden del día:

1. Actualizaciones salariales para el año 2022

Que todas las partes aceptan este orden del día.

Que este acuerdo se firma por todas las partes firmantes del VI Convenio de Actores y Actrices de Madrid en señal de aceptación de los siguientes puntos:

1. Que, respecto de la actualización salarial para el año 2022, ambas partes acuerdan aplicar un incremento sobre las tablas salariales del año 2020 del 5 por 100, dividido en dos tramos:

— Un primer tramo desde el 1 de enero de 2022 hasta el 30 de junio de 2022, durante el cual las tablas salariales experimentarán una subida del 2,5 por 100 respecto de las tablas salariales del 2020.

— Un segundo tramo desde el 1 de julio de 2022 en adelante, durante el cual las tablas salariales experimentarán una subida del 5 por 100 respecto de las tablas salariales del año 2020.

2. No obstante lo anterior, se acuerdan subidas especiales para los ensayos y para la categoría de “Figurante” con fecha inmediata de efectos desde el 1 de enero de 2022; a fin de equiparar el salario diario al Salario Mínimo Interprofesional del año 2022 para los trabajadores eventuales y temporeros (Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, “Boletín Oficial del Estado” de 23 de febrero; artículo 4).

3. En las cantidades señaladas para los ensayos y para la categoría profesional de “Figurante” viene ya reflejada, por tanto, la parte proporcional de las vacaciones, que incrementaría la cuantía definitiva hasta los 50,60 euros.

4. Las partes designan a la Unión de Actores y Actrices, en la persona de D. Eduardo Amérigo López, para que realice los trámites de registro y publicación a través del servicio telemático REGCON.

Sin nada más que añadir y siendo las 14:30 horas, se levanta la presente Acta que, en prueba de conformidad, leen y firman cada una de las organizaciones asistentes, en el lugar y fecha anteriormente indicados, que suscriben a sus efectos.

(03/6.321/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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