Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
12-04-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220412-68

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito Moncloa-Aravaca

68
Madrid. Régimen económico. Distrito Moncloa-Aravaca. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto de 31 de marzo de 2022, de la concejala-presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca, por el que se aprueba la convocatoria del II Concurso de Fotografía “Faro de Moncloa”.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index ):

BDNS: 618932

Primero. Beneficiarios.—Podrá participar en el II Concurso de Fotografía “Faro de Moncloa” correspondiente a 2022, cualquier persona, de nacionalidad española o extranjera, mayor de edad y residente en España, siempre que no ostente la condición de empleada pública del Ayuntamiento de Madrid ni sea miembro del jurado.

Segundo. Objeto.—El objetivo de crear una dinámica creativa que permita valorar a jóvenes talentos y reconocer el trabajo realizado por nuevos fotógrafos, a la vez que promocionar y fomentar la creación fotográfica entre los ciudadanos.

Tercero. Bases reguladoras.—Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y en su defecto, por lo dispuesto en la citada Ordenanza, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), y en su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante RGS).

Cuarto. Cuantía.—La cuantía total de los premios es de 3.000 euros, distribuyéndose de la siguiente manera:

— Primer premio: 1.500 euros.

— Segundo premio: 1.000 euros.

— Tercer premio: 500 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes deberán presentarse en el plazo dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme figura en la presente convocatoria:

Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:

a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, https://sede.madrid.es

En ese caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC). El modelo de solicitud está disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ). A la solicitud se adjuntará una imagen de la fotografía, recogerá el título de la obra presentada a concurso e indicará su relación con la temática del certamen. Las fotografías se presentarán, además, presencialmente (debidamente protegidas para evitar daños en el material) en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario, en la plaza de Moncloa, número 1. Será necesario solicitar cita previa en el teléfono: 915 886 920. No serán admitidas aquellas obras que se presenten en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario sin haber solicitado cita previa dentro de plazo, con independencia de que la instancia se haya registrado en el plazo establecido. Se facilitará un acuse de recibo por parte de la organización.

Madrid, a 31 de marzo de 2022.—La concejala-presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca, Loreto Sordo Ruiz.

(03/6.894/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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