Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2022

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220418-22

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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EXTRACTO de la Orden 478/2022, de 15 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan, para 2022, subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de acciones formativas para jóvenes, en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal.

BDNS (Identif.): 616748

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero

Beneficiarios

Municipios, mancomunidades y demás entidades locales de la Comunidad de Madrid, válidamente constituidas, así como los organismos y entidades de ellos dependientes.

Segundo

Objeto y finalidad

Apoyar la puesta en marcha y el desarrollo de procesos formativos en los municipios de la Comunidad de Madrid, dentro del marco de la animación sociocultural y la educación no formal con jóvenes.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 805/2019, de 3 de junio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de acciones formativas para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 136, de 10 de junio de 2019, modificada por la Orden 1314/2020, de 19 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 158, de 1 de julio de 2020, así como por la Orden 18/2022, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, de 20 de enero.

Cuarto

Crédito

El crédito máximo destinado a la presente convocatoria asciende a 250.000 euros, con cargo al subconcepto 46309, del Programa 232A, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 15 de marzo de 2022.

La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO

(03/6.154/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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