Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220418-47

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto del Delegado del Área de Gobierno Familias, Igualdad y Bienestar Social, de 9 de marzo de 2022, por el que se aprueba la convocatoria del Certamen Escolar de Creación Literaria 2022.

BDNS IDENTIF: 615432

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index):

Primero. Beneficiarios.—Los centros educativos públicos, concertados y privados del municipio de Madrid que impartan estudios de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional Básica y Formación Profesional de Grado Medio.

Los premios económicos irán destinados únicamente a los centros participantes.

Segundo. Objeto.—El Certamen Escolar de Creación Literaria tiene por finalidad servir de motivación a los escolares para que expresen y manifiesten sus cualidades literarias promoviendo el lenguaje escrito como forma de creación y comunicación, utilizando el género lírico y narrativo.

Tercero. Bases reguladoras.—El certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, por la Disposición Adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Cuarto. Cuantía.—La cuantía total de los premios asciende a 15.400 euros, se establecen dos modalidades: poesía y prosa y dentro de cada una de ellas dos categorías:

— Categoría A: Alumnado de Educación Primaria.

— Categoría B: Alumnado de Ed. Secundaria Obligatoria, Bachillerato y FP Básica y FP de Grado Medio.

En de cada categoría se conceden un primer premio dotado con 1.450 euros, un segundo premio dotado de 1.000 euros, un tercer premio dotado con 700 euros y un premio especial de 700 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de participación, junto con la documentación requerida, deberán presentarse en el plazo de 15 días siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Se podrán presentar trabajos que traten sobre este tema: “El Museo Nacional de Ciencias Naturales cumple doscientos cincuenta años: celebramos su pasado mirando al futuro”, y podrán versar sobre cualquier tema relacionado con la institución, su historia, sus colecciones e investigaciones y su compromiso con la accesibilidad a la cultura y la ciencia.

Las obras, de la modalidad de poesía deberán constar de un mínimo de 14 versos, las obras de la modalidad de prosa deberán ser manuscritas y tendrán una extensión máxima de 5 páginas (tamaño Din-A4), escritas por una sola cara.

Las obras deberán estar escritas en lengua española.

Se podrán utilizar los siguientes subgéneros narrativos, biográficos o periodísticos en prosa: cuento, relato, leyenda, reportaje, crónica, noticia, fábula, épica, epopeya, biografía, diario, etc., y utilizar los siguientes subgéneros en verso: oda, elegía, sátira, canción, epigrama, himno, romance, etc.

Para poder optar a alguno de los premios especiales, es obligatorio presentar un proyecto, con una extensión máxima de tres páginas, que desarrolle los apartados que se indican en los criterios de valoración de las bases. Cada centro escolar solamente se podrá presentar a un premio especial por modalidad y categoría.

Madrid, a 9 de marzo de 2022.—El delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social.

(03/5.833/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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