Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220418-48

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto del delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, de 9 de marzo de 2022, por el que se aprueba la convocatoria del Certamen Escolar de Creación Plástica 2022.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index ).

BDNS (Identif.): 615426

Primero. Beneficiarios.—Los centros educativos públicos, concertados y privados del municipio de Madrid, que impartan estudios de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio.

Los premios económicos irán destinados únicamente a los centros participantes.

Segundo. Objeto.—El Certamen Escolar de Creación Plástica tiene por finalidad fomentar y estimular la creatividad de las niñas y niños, mediante la expresión pictórica con la finalidad de resaltar valores artísticos y estéticos como una parte esencial de su personalidad y que descubran el mundo artístico y cultural cercano, potenciando la imaginación y la curiosidad por conocer distintas formas de percibir lo que nos rodea.

Tercero. Bases reguladoras.—El certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, por la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Cuarto. Cuantía.—La cuantía total de los premios asciende a 11.550 euros, se establecen tres categorías:

— Categoría A: Alumnado de Educación Primaria.

— Categoría B: Alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y de FP Básica.

— Categoría C: Alumnado de Bachillerato y de F P de Grado Medio.

En de cada categoría se conceden un primer premio dotado con 1.450 euros, un segundo premio dotado de 1.000 euros, un tercer premio dotado con 700 euros y un premio especial de 700 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de participación, junto con la documentación requerida, deberán presentarse en el plazo de 15 días siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Se podrán presentar trabajos que representen el siguiente tema:

“El Museo Nacional de Ciencias Naturales cumple 250 años: celebramos su pasado mirando al futuro”, y podrán versar sobre cualquier tema relacionado con la institución, su historia, sus colecciones e investigaciones y su compromiso con la accesibilidad a la cultura y la ciencia.

Las obras deberán presentarse en un soporte duro o enmarcadas con un junquillo fino y no deberán llevar cristal.

Se podrá tratar cualquier género pictórico: Retrato, paisaje, pintura histórica, etc. Se podrá utilizar cualquier técnica: dibujo, grabado, fresco, temple, óleo, acuarela, collage, carboncillo, pastel, etc.

Para poder optar a alguno de los premios especiales, es obligatorio presentar un proyecto, con una extensión máxima de tres páginas, que desarrolle los apartados que se indican en los criterios de valoración de las bases. Cada centro escolar solamente se podrá presentar a un premio especial por categoría.

Madrid, a 9 de marzo de 2022.—El delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, José Aniorte Rueda.

(03/5.842/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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