Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2022

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220421-85

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

URBANISMO

85
Coslada. Urbanismo. Convenio urbanístico

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Coslada, en su sesión extraordinaria celebrada el día 2 de marzo de 2022, adopto entre otros, lo siguiente:

Aprobar con carácter definitivo y por consiguiente ratificar, el texto definitivo del convenio urbanístico de gestión para la ejecución y desarrollo de las determinaciones del PGOU de Coslada en la parcela situada en la calle Américas, número 2, de Coslada (Finca registral 2259. referencia catastral: 5162403VK5746S0001XU) Área de Reparto 23, Unidad de Ejecución 20, entre este Ayuntamiento y Trasters Self Storage III, S. L. (CIF B-67065540).

Asimismo se acordó aprobar la afectación de los derechos económicos derivados de dicho convenio, en concepto de contraprestaciones económicas sustitutivas al cumplimiento de las obligación de cesión de viario y de aprovechamiento lucrativo, y que tienen la consideración de fondos reservados al Patrimonio Municipal del Suelo, a la siguiente finalidad, de conformidad con lo previsto en el 174.1.g) en relación con el artículo 174.2.a) y artículo 176.c) de la Ley 9/2001, de 17 de junio, de suelo de la Comunidad de Madrid en relación con el artículo 26.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

También, se acordó publicar dicho acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y documento completo de dicho convenio en el portal de transparencia de la web municipal, así como notificar dicho acuerdo al interesado.

Así como dar cuenta del presente acuerdo, una vez aprobado y firmado dicho convenio, a las Áreas de Intervención, Tesorería, Urbanismo y Patrimonio de este Ayuntamiento y remitir el expediente de convenio urbanístico a la Cámara de Cuentas de Madrid de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley 40/2015.

Lo que se hace público, significándose que contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de su publicación, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, todo ello, sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos o intereses.

Coslada, a 31 de marzo de 2022.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(02/6.655/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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