Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
22-04-2022

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220422-14

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

14
CORRECCIÓN de errores de la Orden 542/2022, de 24 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se corrigen los errores detectados en la Orden 261/2022, de 15 de febrero, por la que aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.

Apreciado error tipográfico en la publicación de la citada Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 92, correspondiente al día 19 de abril de 2022, páginas 150 a 155 (número de inserción 03/6.975/22, se procede a dejar sin efecto el mismo y se reproduce a continuación el texto correcto:

En la Orden 261/2022, de 15 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 46, de 23 de febrero de 2022, se han detectado diversos errores materiales y de hecho.

Así, en el apartado 3, “Costes presupuestarios previsibles”, del Anexo de la mencionada Orden, en relación con el Programa 232B: Acciones contra la violencia de género y promoción igualdad de oportunidades, en el cuadro segundo, la línea de Subvenciones identificada como “Otras instituciones sin ánimo de lucro (atención a personas LGTBI)” está incluida en el subconcepto presupuestario 78099, siendo su correcta aplicación al subconcepto 48099.

En relación con el Programa 231F: Atención especializada a personas con discapacidad, en el cuadro segundo, igualmente se ha advertido que las líneas de subvenciones identificadas como “Otras instituciones sin fines de lucro para mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad” y “Otras instituciones sin fines de lucro para concepto de mantenimiento de centros de atención a personas con discapacidad” se han imputado también a la aplicación presupuestaria 78099 cuando el subconcepto correcto es el 48099.

En el apartado 7, “Indicadores de cumplimiento de objetivos y resultados”, dentro del subapartado 2, “Indicadores específicos”, el actual contenido de la letra n) carece de virtualidad en el marco del vigente Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social al no estar previsto en el Plan el establecimiento de ayudas económicas para apoyar el acogimiento familiar de menores.

Por último, en el cuadro titulado “Desglose por programas y subconceptos presupuestarios. Ejercicio 2022”, se recogen las imputaciones erróneas reseñadas con anterioridad.

En virtud de cuanto antecede y de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 30 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

RESUELVO

Primero

En el apartado 3, “Costes presupuestarios previsibles”, del Anexo de la Orden 261/2022, de 15 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, publicada, se rectifica el Programa 232B: Acciones contra la violencia de género y promoción igualdad de oportunidades, en los siguientes términos:

Segundo

En el apartado 3, “Costes presupuestarios previsibles”, del Anexo de la Orden 261/2022, de 15 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, se rectifica el Programa 231F: Atención especializada a personas con discapacidad en los siguientes términos:



Tercero

En el apartado 7, “Indicadores de cumplimiento de objetivos y resultados”, subapartado 2, “Indicadores específicos”, se suprime la letra n) y se reordenan sus letras, quedando este apartado 7.2 desde la letra n) inclusive con el contenido siguiente:

“n) Becas para estudiantes y para jóvenes que hayan pertenecido al Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid, a disfrutar en Residencias Infantiles.

— Número de becas que se ofertan en la convocatoria.

— Número de residencias que acogerán a becarios.

— Número de informes positivos que elaboran los directores finalizado el período de vigencia de la prestación.

ñ) Ayudas individuales de concesión directa para favorecer la autonomía de mujeres víctimas de violencia de género.

— Número de mujeres y de menores atendidos.

o) Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos de atención a personas LGTBI vulnerables para su integración e inclusión y de proyectos de sensibilización destinados a la población madrileña en su conjunto:

— Número de proyectos ejecutados por modalidad de intervención.

— Número de personas participantes.

— Público destinatario de las acciones de sensibilización.

p) Subvención de concesión directa a las universidades públicas de la Comunidad de Madrid, para la impartición de títulos de posgrado universitario en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

— Número de expertos universitarios en materia de igualdad incorporados a la sociedad.

q) Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid para el fomento de la igualdad de oportunidades y la corresponsabilidad en las empresas madrileñas.

— Número de proyectos ejecutados por modalidad de intervención.

— Número de personas participantes.

— Público destinatario de las acciones de sensibilización.

— Inversión media por participante/destinatario según modalidad de intervención.

r) Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en concepto de mantenimiento de centros y servicios, para la atención social especializada a personas con enfermedad mental grave y duradera.

— Cuantías de las subvenciones concedidas por tipo de centro o servicio y porcentaje del total concedido.

— Número de personas atendidas en los centros y servicios subvencionados.

s) Ayudas individuales de apoyo social a personas integradas en programas de rehabilitación y continuidad de cuidados de los Servicios de Salud Mental del Servicio Madrileño de Salud.

— Número de ayudas revocadas después de concedidas por abandono del programa de rehabilitación y continuidad de cuidados.

— Cuantías concedidas por tipo de alojamiento y porcentaje sobre el importe total.

— Número de personas que mantienen su alojamiento normalizado durante el año objeto de subvención.

t) Subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad.

— Cuantías de las subvenciones concedidas por tipo de servicio y programa y porcentaje del total concedido.

— Número de personas atendidas en los servicios y programas subvencionados.

u) Subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de centros de atención a personas con discapacidad.

— Cuantías de las subvenciones concedidas por tipo de centro y porcentaje del total concedido.

— Número de personas atendidas en los centros subvencionados.

v) Subvenciones a entidades sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad.

— Número de entidades que concurren a la convocatoria.

— Número de proyectos ejecutados por modalidad.

— Número de participantes en proyectos.

— Inserciones laborales conseguidas entre los participantes.

— Media de horas de participación de usuarios.

— Inversión por participante.

w) Ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social.

— Cuantías concedidas por concepto y porcentaje en relación al importe total.

x) Ayudas económicas para el acogimiento residencial de personas mayores de 65 años.

— Número de beneficiarios del programa”.

Cuarto

En el cuadro titulado “Desglose por programas y subconceptos. Ejercicio 2022”, se rectifican los Programas 232 B y 231F en los términos siguientes:



Madrid, a 24 de abril de 2022.

La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO

(03/7.940/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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