Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220426-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

14
EXTRACTO de la Orden 386/2022, de 24 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas audiovisuales para la producción de largometrajes en la Comunidad de Madrid en 2022.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http:/pap.minhap.gob.es/bdnstrans ):

BDNS: 621332

Primero

Beneficiarios

Podrán acceder a las ayudas las productoras independientes audiovisuales que realicen su actividad en la Comunidad de Madrid y que cumplan los requisitos previstos en la normativa que regula las bases reguladoras y en la convocatoria.

Segundo

Objeto

Ayudas a la producción de largometrajes sobre proyecto de directores noveles.

Se considerarán directores noveles aquellos que no hayan dirigido o codirigido más de dos largometrajes que hayan sido calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica.

Los proyectos que se presenten, en virtud de su contenido, podrán ser clasificados como de ficción, de animación o documentales.

Tercero

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de las ayudas a empresas audiovisuales para la producción largometrajes en la Comunidad de Madrid han sido establecidas mediante la Orden 829/2021, de 7 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de agosto de 2021):

http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/20/BOCM-20210820-11.PDF

Cuarto

Cuantía

La convocatoria es de carácter plurianual y asciende a un importe máximo de 1.000.000 euros que se harán efectivos con cargo a la posición presupuestaria G/334A/47399, de la Dirección General de Promoción Cultural de los Presupuestos de Gasto de la Comunidad de Madrid, correspondiendo 500.000 euros al año 2022 y 500.000 euros al año 2023.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del extracto de la Orden de convocatoria.

Sexto

Determinación de la cuantía

El importe máximo por categorías que se podrá otorgar es el siguiente:

a) Largometraje de animación: hasta 175.000 euros, correspondiendo 87.500 a 2022 y 87.500 a 2023.

b) Largometraje de ficción: hasta 150.000 euros, correspondiendo 75.000 euros a 2022 y 75.000 euros a 2023.

c) Largometraje documental: hasta 25.000 euros, correspondiendo 12.500 euros a 2022 y 12.500 euros a 2023.

Séptimo

Período subvencionable

Las películas subvencionadas deberán estar terminadas antes del día 1 de noviembre de 2023. Se considerarán períodos subvencionables entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2023.

Séptimo

Plazo máximo de justificación

Toda la documentación relativa a la justificación se presentará en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, entre el 1 de enero y el 1 de noviembre de 2023.

Madrid, a 24 de marzo de 2022.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/7.747/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220426-14