Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2022

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220426-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
Móstoles. Régimen económico. Modificación presupuestaria

A los efectos de lo dispuesto en al artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto refundido y el artículo 20.1 al que se remite el artículo 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la Secretaría General del Ayuntamiento de Móstoles se encuentra expuesto al público el expediente de modificación presupuestaria, en las modalidades de crédito extraordinario y suplemento de crédito número H004/DGP/2022-07 por importe de 18.515.568,85 euros, que afecta al vigente Presupuesto que fue aprobado inicialmente por la Corporación Pleno en sesión celebrada el día 20 de abril de 2022, financiado con el remanente líquido de Tesorería procedente de la liquidación presupuestaria del ejercicio 2021.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Oficina de presentación: Registro General.

Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En Móstoles, a 22 de abril de 2022.—La alcaldesa-presidenta (firmado).

(03/8.074/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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