Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2022

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220426-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

90
Madrid número 18. Procedimiento 553/2022

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 553/2022 entre D./Dña. MARÍA PAZ GARCÍA FERNÁNDEZ y por un presunto delito de Lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. ANGEL JOSE LERA CARRASCO.

Lugar: Madrid.

Fecha: 21 de marzo de 2022.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.—En este Juzgado se ha recibido parte de lesiones de MARIA PAZ GARCIA FERNÁNDEZ, de MAD-PUENTE DE VALLECAS-COMISARIA DE DISTRITO-ODAC por posible infracción penal cometida el 13-2-2022 en la localidad de Madrid.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.—Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un delito leve de Lesiones por lo que procede tramitar las presentes diligencias según lo establecido en los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el art. 14 del citado texto legal, artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y normas de reparto vigentes.

Segundo.—No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-1.o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede, por ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.

PARTE DISPOSITIVA

Incóese juicio por delito leve, registrándose como Juicio sobre delitos leves n.o 553/2022.

Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al M.o Fiscal.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.

Lo acuerda y firma S.S.a. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a D./Dña. MARÍA PAZ GARCÍA FERNÁNDEZ expido y firmo la presente.

En Madrid, a 1 de abril de 2022.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/6.807/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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