Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220427-24

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de 21 de abril de 2022, del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares (Cambia 360) de la anualidad 2022.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

BDNS: 622410

Primero. Objeto.—La adquisición directa de vehículos tipo turismo (categoría M1) con la categoría de clasificación ambiental “0 emisiones”, “ECO” y “C”, y, en su caso, el achatarramiento de vehículos de categoría de clasificación ambiental “A”.

Segundo. Personas beneficiarias.—Personas físicas, mayores de edad, residentes en el municipio de Madrid en el momento de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero. Procedimiento de concesión.—Procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, otorgándose las ayudas por orden cronológico de entrada de las solicitudes, hasta agotarse el presupuesto disponible, o bien, hasta que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Cuarto. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013.

Quinto. Financiación y cuantía de las ayudas.—El crédito destinado a esta convocatoria asciende a diez millones quinientos mil euros (10.500.000), ampliable hasta 4.000.000 más, distribuidos entre los siguientes ámbitos:

— Ámbito 1. “0 emisiones”: 3.000.000 de euros.

— Ámbito 2. “ECO”: 7.000.000 de euros.

— Ámbito 3. “C”: 500.000 euros.

Las cuantías de las ayudas en cada ámbito, con la limitación de los precios máximos de adquisición que se indican en la convocatoria, serán las siguientes:

— Ámbito 1. “0 emisiones”: 6.000 euros.

— Ámbito 2. “ECO”: 3.000 euros.

— Ámbito 3. “C”: 2.500 euros.

Se incrementará el importe de la ayuda en 2.500 euros para la adquisición del vehículo en los ámbitos 1 y 2, y será requisito para optar a la subvención en el ámbito 3, si el destinatario último de la ayuda acredita el achatarramiento de un vehículo sin categoría ambiental (A).

Los importes totales de los incentivos se incrementarán un 10 por 100 cuando los beneficiarios sean personas físicas con discapacidad, con movilidad reducida y adquieran un vehículo adaptado y un 10 por 100 si cuentan con título de familia numerosa.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de solicitudes será de cuarenta y cinco días naturales y se iniciará a las 10:00 horas del vencimiento del plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes de ayuda se presentarán por medios electrónicos, a través de los concesionarios/puntos de venta adheridos, mediante la aplicación informática disponible al efecto en www.cambia360.es

Solo se podrá presentar una solicitud por cada beneficiario.

Séptimo. Justificación y pago.—El pago de la subvención quedará condicionado a la presentación de la documentación justificativa señalada en el apartado 13 del anexo de la convocatoria, en el plazo máximo de cinco meses desde la notificación de la resolución de concesión.

Octavo. Acumulación y compatibilidad de las ayudas.—Serán compatibles con cualquier otra ayuda pública. En caso de acumulación de ayudas para la compra del mismo vehículo, la cuantía máxima de todas en su conjunto deberá ser inferior al 75 por 100.

Noveno. Entidad colaboradora.—La gestión de esta línea de ayudas se realizará por la Entidad Colaboradora Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM).

Madrid, a 21 de abril de 2022.—El Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.

(03/8.126/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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