Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
28-04-2022

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220428-60

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4

60
Madrid número 4. Procedimiento 1267/2020

EDICTO

Don Pedro José Hernández Gallego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1267/2020 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 341 de 2021

El ilustrísimo señor magistrado-juez, don Marcelino Sexmero Iglesias.—En Madrid, a 21 de octubre de 2021.

Vistos por mí, don Marcelino Sexmero Iglesias, ilustrísimo señor magistrado-juez de este Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio sobre delito leve número 1267/2020, de hurto y amenazas, contra Carlos Torres Ventura y Carla Matos Torre, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de S.M. el Rey, dicto la siguiente sentencia.

Fallo

Que debo condenar y condeno a Carlos Torres Ventura y Carla Matos Torre, como autores de un delito leve de amenazas y otro de hurto, a la pena de un mes de multa por cada uno, con una cuota diaria de 4 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a que abone las costas del juicio, y que indemnicen solidariamente a Marianel Apaza Rodríguez en 220 euros.

Si no se satisface/n la multa voluntariamente o por vía de apremio, el/los condenado(s) quedará sujeto/s a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

De mostrar conformidad con la sentencia, se le requiere para que en el plazo de diez días haga efectiva la multa impuesta mediante ingreso a la cuenta de consignaciones número 2464-0000-A1-0998-15 del Banco Santander.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Carlos Torres Ventura y Carla Matos Torre, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 30 de marzo de 2022.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/7.064/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220428-60