Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
29-04-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220429-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

71
Alpedrete. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

De conformidad con los previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones se publica el extracto de la Convocatoria de Subvenciones a Entidades Deportivas sin ánimo de lucro de Alpedrete 2022, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/617283 ).

BDNS (Identif.): 617283

Primero. Beneficiarios.—Entidades Deportivas sin ánimo de lucro del municipio de Alpedrete, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la convocatoria.

Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto regular las subvenciones a Entidades Deportivas sin ánimo de lucro, que desarrollen sus actividades o programas dentro del ámbito territorial del municipio de Alpedrete, con el fin de promover el deporte.

Tercero. Bases reguladoras

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/01/07/BOCM-20220107-42.PDF

Cuarto. Texto de la Convocatoria

https://www.alpedrete.es/portal-de-tramites/impresos/

Quinta. Cuantía.—Se crea un fondo dotado con 10.000,00 euros. El importe de la ayuda será calculado conforme a los criterios-baremos establecidos en el artículo 5, que sirven de referencia para asignar la correspondiente subvención, que en ningún caso superara, el coste del proyecto subvencionable justificado.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—Quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Séptimo. Gastos subvencionables.—Serán gastos subvencionables los establecidos en el artículo 6 de la convocatoria:

1. Gastos federativos

2. Gastos por arbitrajes.

3. Gastos por el material deportivo no inventariable.

4. Gastos realizados por el club para la organización de eventos deportivos.

Octavo. Documentación justificativa de gastos.—La documentación justificativa de la subvención concedida a la entidad, podrá presentarse desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión y hasta el día 31 de julio de 2022. Esta documentación, debe ser presentada en sede electrónica dirigida al técnico de deportes municipal, y comprenderá toda la documentación establecida en el artículo 12 de la convocatoria.

Alpedrete, a 21 de abril de 2022.—El alcalde-presidente, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.

(03/8.043/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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