Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 103

Fecha del Boletín 
02-05-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220502-11

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

11
Móstoles número 2. Procedimiento 77/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María Isabel Cano Campaña, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social n.o 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 77/2022 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de D./Dña. VICTORIA NIKULAEVA frente a LUYMA SERLAIN, S.L. y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado resolución (sentencia) del tenor literal siguiente:

Estimo la demanda formulada frente a LUYMA SERLAIN, S.L., y declaro la improcedencia de la decisión extintiva del contrato de trabajo de D.a VICTORIA NIKULAEVA, de fecha de efecto 10-12-21, y habiendo cesado la empresa demandada en su actividad, resultando por tanto irrealizable la opción a favor de la readmisión, declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes en la fecha de esta sentencia, condenando al referido demandado a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a que abone a la actora la cantidad de 2.686,26 euros en concepto de indemnización, y 4.168,05 euros en concepto de salarios de tramitación.

Y estimando parcialmente la reclamación acumulada de cantidad, condeno a dicha empresa a que abone a la actora la cantidad de 1.650,22 euros brutos.

Notifíquese esta Sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este juzgado 2851-0000-61-0077-22 abierta en la oficina del Banco Santander 1564 sita en Avda. Constitución 52 de Móstoles, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este Juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los dígitos 2851-0000-61-0077-22.

Y para que sirva de notificación en legal forma a LUYMA SERLAIN, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a siete de abril de dos mil veintidós.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/7.274/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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