Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

Fecha del Boletín 
03-05-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220503-54

Páginas: 1







Boletín Oficial de la Comunidad de<br /> Madrid, número<br /> 104 | CVE:<br /> BOCM-20220503-54


Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

martes 03/05/2022

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220503-54
Páginas: 208 a 208 - 1 págs.

PDF de la disposición

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Arroyomolinos. Régimen económico. Ordenanza fiscal construcciones y obras

D.a Ana Millán Arroyo, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid).

Según acuerdo Plenario de 15 de junio de 2019, hace saber que, adoptado acuerdo provisional por parte del Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2022 y sometida a votación la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) del Ayuntamiento de Arroyomolinos, es aprobada por unanimidad de 21 votos a favor, de los miembros de derecho que componen la Corporación Municipal. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario, en previsión de lo cual se procede a la publicación del texto íntegro de las modificaciones de las ordenanzas, todo ello en virtud del artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS DEL AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

Se añade un nuevo apartado al artículo 5, “Exenciones y bonificaciones”, con el siguiente contenido:

3. Una bonificación del 95 por 100 a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, al amparo de lo previsto en el artículo 103.2.b) del RDLeg 2/2004, de 5 de marzo de 2022, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.

Esta bonificación se aplicará exclusivamente sobre la parte del presupuesto de las obras que corresponda a las instalaciones del sistema de aprovechamiento térmico y eléctrico de la energía solar; y no será de aplicación en los supuestos en los que las mencionadas instalaciones sean exigibles legal o reglamentariamente.

Esta bonificación no se aplicará simultáneamente con cualquier otro beneficio fiscal aplicable en la gestión de este impuesto sobre el mismo presupuesto de ejecución material.

En Arroyomolinos, a 20 de abril de 2022.—La alcaldesa-presidenta, Ana Millán Arroyo.

(03/7.985/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.



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Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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