Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

Fecha del Boletín 
03-05-2022

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220503-67

Páginas: 1







Boletín Oficial de la Comunidad de<br /> Madrid, número<br /> 104 | CVE:<br /> BOCM-20220503-67


Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

martes 03/05/2022

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220503-67
Páginas: 232 a 232 - 1 págs.

PDF de la disposición

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LA HIRUELA

OTROS ANUNCIOS

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La Hiruela. Otros anuncios. Candidaturas juez de paz

Corresponde a la Asamblea Vecinal del Ayuntamiento elegir la persona para ser nombradas juez de paz titular y sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

a) Tener nacionalidad española.

b) Ser mayor de edad.

c) No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (artículo 389).

Asimismo, están incapacitados para el ingreso en la carrera judicial los impedidos física o psíquicamente para la función judicial; los condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación; los procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que no estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.

En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, modelo de instancia, etc.

Quien resulte elegido deberá presentar “curriculum vitae” y certificado de antecedentes penales para su presentación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En caso de no presentarse solicitudes, la Asamblea Vecinal de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado Decano del partido de Torrelaguna.

Lo que se publica para general conocimiento.

La Hiruela, a 20 de abril de 2022.—El alcalde-presidente, Ignacio Merino Jiménez.

(03/7.961/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.



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Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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