Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
05-05-2022

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220505-24

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

24
ADENDA de 22 de abril de 2022, de prórroga, para 2023, del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (anteriormente Consejería de Economía, Empleo y Competitividad) y el Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación (COIT) para garantizar el funcionamiento del Sistema Arbitral de Consumo en el Ámbito de la Comunidad de Madrid.

REUNIDOS

De una parte, D. Manuel Llamas Fraga, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Economía, nombrado por Decreto 127/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, hallándose facultado para la firma de la presente adenda según lo dispuesto en el punto primero.1.d).2.o, de la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Y de otra parte, Dña. Marta Balenciaga Arrieta, en su condición de Decana-Presidente del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación (COIT) con NIF Q2866009J y domicilio social en Madrid, calle Almagro número 2 en virtud de las facultades que le otorgan los Estatutos de la entidad, de acuerdo con los nombramientos de 3 de julio de 2018 y la escritura de otorgamiento de poderes efectuada el 10 de julio de 2018 por la Notario Dña. Susana Ortega Fernández, número de protocolo 763.

Ambas partes intervienen en el ejercicio de las facultades que legalmente se confieren a los cargos que desempeñan, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para la formalización de la presente adenda de prórroga y a tal efecto,

EXPONEN

I. Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad y el Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación (COIT) suscribieron en fecha 26 de octubre de 2020 un convenio con el de objeto establecer un marco de colaboración para garantizar la administración del arbitraje de consumo a los ciudadanos mediante su participación en la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, a través de los correspondientes órganos arbitrales.

II. Que el convenio dispuso una vigencia de un año, desde el día 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021, pudiéndose prorrogar por un período máximo de cuatro años mediante acuerdo expreso de las partes, en virtud de lo previsto en su cláusula octava.

III. Que en fecha 9 de junio de 2021, se suscribió por los firmantes del convenio, una adenda de prórroga al mismo, con una vigencia entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

IV. Que, considerando los resultados alcanzados, las partes estiman adecuado prorrogar su período de vigencia por un año más, con el fin de proseguir la colaboración establecida dada la importancia del Sistema Arbitral de Consumo en el marco de los sistemas de resolución alternativa de conflictos,

ACUERDAN

Primero

Prórroga del convenio

De conformidad con lo establecido en la cláusula octava del convenio suscrito en fecha 26 de octubre de 2020, las partes firmantes acuerdan la prórroga del mismo, que tendrá efectos a partir del día 1 de enero de 2023 y hasta el día 31 de diciembre de 2023.

Segundo

Condiciones de colaboración

La colaboración entre las partes se realizará bajo las mismas condiciones estipuladas en el convenio que se prorroga en todos sus apartados. En concreto:

1. Se mantiene en 50,00 euros (IVA incluido) el importe por cada vista arbitral en la que se encuentre representado el Colegio.

2. El número de vistas arbitrales con participación del Colegio durante la vigencia del convenio es de cuatrocientas ocho.

3. El gasto estimado para el cumplimiento de los compromisos derivados de esta prórroga asciende a 20.400,00 euros (IVA incluido), que serán satisfechos con cargo a la partida 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos” del programa 492B “Arbitraje de Consumo” del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2023.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda de prórroga, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.

Madrid, a 22 de abril de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden 3 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.—La Decana-Presidenta del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación (COIT), Marta Balenciaga Arrieta.

(03/8.195/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220505-24