Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
05-05-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220505-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Alpedrete. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

De conformidad con los previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de los premios que se otorguen con motivo de las campañas de Promoción del Comercio Local de Alpedrete durante el año 2022, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/622835 ).

BDNS (Identif.): 622835

Primero. Beneficiarios.—Personas físicas mayores de 18 años que realicen sus compras en los establecimientos comerciales adheridos a las campañas, por importe igual o superior a 10 euros, excepto los familiares directos de los comercios adheridos.

Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto el fomento el comercio local en el municipio de Alpedrete.

Tercero. Bases reguladoras.

https://www.alpedrete.es/download/bases-premios-fomento-comercio-local-2...

Cuarto. Texto de la convocatoria.

https://www.alpedrete.es/download/bases-premios-fomento-comercio-local-2...

Quinto. Cuantía.—Se crea un fondo dotado con un máximo de 6.000,00 euros, que se distribuye de la siguiente forma:

Campaña de primavera:

— 5 premios de 100 euros.

— 10 premios de 50 euros.

— 20 premios de 25 euros.

Campaña de Navidad:

— 5 premios de 300 euros.

— 10 premios de 100 euros.

— 20 premios de 50 euros.

— 40 premios de 25 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—Por cada compra superior a 10 euros en cualquier comercio adherido, desde el comienzo de cada una de las campañas, se entrará en un sorteo aleatorio en el mismo momento de la compra. Esta promoción estará vigente durante el período que duren las mismas.

Campaña de primavera: del 9 al 19 de mayo de 2022.

Campaña de Navidad: del 20 de diciembre de 2022 al 7 de enero de 2023.

Séptimo. Gastos subvencionables.—Los premios obtenidos por los ganadores de los sorteos aleatorios serán canjeados en cualquier comercio adherido, durante todo el tiempo que dure la campaña, más un período adicional de una semana, una vez finalizada esta.

Octavo. Documentación para el canje de los premios.—Para que se puedan canjear los premios, el cliente agraciado debe facilitar su DNI al responsable del comercio, para que este pueda establecer el saldo pendiente de gasto, hasta la finalización del mismo, o hasta el fin del plazo establecido para poder canjear los mismos, en cada campaña.

En Alpedrete, a 27 de abril de 2022.—El alcalde-presidente, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.

(03/8.555/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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