Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
05-05-2022

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220505-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

57
Getafe. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de subvenciones dirigidas a asociaciones sin fin de lucro del municipio de Getafe, que realicen actividades en el ámbito del consumo en el año 2022.

BDNS (Identif.): 622652

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ):

Primero. Beneficiarios.—Entidades privadas sin fin de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que además cumplan los requisitos establecidos en la base quinta de la convocatoria.

Segundo. Objeto.—Concesión de subvenciones a asociaciones y/o entidades del ámbito del consumo sin fin de lucro para el desarrollo de proyectos relacionados con el consumo. Los proyectos subvencionables son los establecidos en la base tercera de la convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Getafe, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de mayo de 2013.

Cuarto. Cuantía.—El presupuesto destinado a la convocatoria es de 16.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Veinte días hábiles a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Getafe, a 6 de abril de 2022.—La concejala de Salud, Juventud y Consumo, María Isabel Espinosa Núñez.

(03/8.553/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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