Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
06-05-2022

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220506-92

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL

OTROS ANUNCIOS

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Moralzarzal. Otros anuncios. Tarifas autotaxi

La Comisión de Precios del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid, en sesión celebrada el día 9 de marzo de 2022, ha resuelto autorizar las tarifas aplicables en los servicios de autotaxi, propuestas por el Ayuntamiento de Moralzarzal, según se especifica a continuación:

Definición de tarifas.—Días y horario de aplicación.—Importe inicial.—Importe kilométrico.—Importe horario

Tarifa 1.—Lunes a viernes laborables, de 07:00 a 21:00 horas.—2,50 euros.—1,15 euros/km.—22,00 euros/h.

Tarifa 2.—Sábados, domingos y festivos del municipio, de 07:00 a 21:00 horas. Todos los días de 21:00 a 07:00 horas.—3,15 euros.—1,40 euros/km.—25,30 euros/h.

Suplementos autorizados:

— Viajes en los días 24 y 31 de diciembre, que finalicen entre las 21:00 horas de esos días y las 07:00 horas del día siguiente: 6,70 euros.

— Viajes con origen en la estación de autobuses (ubicada en la parada de taxi): 3,50 euros.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Comisión de Precios o ante el consejero de Economía, Empleo y Competitividad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Moralzarzal, a 11 de marzo de 2022.—El secretario general, Santiago Perdices Rivero.

(02/5.170/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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