Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2022

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220509-20

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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ORDEN 985/2022, de 22 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2022 para financiar las ayudas para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid.

Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 21 de abril de 2021, se aprobaron las normas reguladoras por las que se establece el procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

En el artículo 2.1 de las normas reguladoras para la concesión de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid se establece que, mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, en la actualidad Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se declararán anualmente los créditos presupuestarios disponibles para la financiación de estas ayudas, conforme al artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con la citada Ley, corresponde al órgano concedente de las ayudas la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender a las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión.

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid tiene atribuidas las competencias en materia de protección del medio ambiente, en virtud del artículo 27.7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero y, de forma específica, los artículos 1 y 6.1.f) del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 275, de 18 de noviembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, atribuyen a esta Consejería competencias en materia de medio ambiente, calidad del aire, evaluación ambiental, sostenibilidad ambiental, y la tramitación de subvenciones y concesiones administrativas.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7.1.a) y 4.5.c), de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura la concesión de las ayudas, y la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión,

DISPONGO

Declarar disponible el crédito presupuestario autorizado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de marzo de 2022 para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en el Acuerdo de 21 de abril de 2021, de Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras por las que se establece el procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, por un importe total de 2.028.000 euros, con cargo al subconcepto 79909, “Otras actuaciones”, del Programa 456B, “Sostenibilidad y Cambio Climático”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022.

Madrid, a 22 de abril de 2022.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, PALOMA MARTÍN MARTÍN

(03/8.708/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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