Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
11-05-2022

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220511-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

80
Madrid número 18. Procedimiento 346/2022

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 346/2022 entre NIKE y D./Dña. ANATOLI SÁNCHEZ MORA PÉREZ por un presunto delito de Hurto, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice lo siguiente:

SENTENCIA Nº 525

JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ: D./Dña. ANGEL JOSE LERA CARRASCO

Lugar: Madrid

Fecha: treinta y uno de marzo de dos mil veintidós

Vistos por mí, D./DÑA. ANGEL JOSE LERA CARRASCO, MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción nº 18 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve nº 346/2022, contra D./Dña. ANATOLI SÁNCHEZ MORA PÉREZ, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal,, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación

FALLO

QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a D./Dña. ANATOLI SÁNCHEZ MORA PÉREZ de los hechos aquí enjuiciados. Se declaran de oficio las costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

El/la Juez/Magistrado/a Juez

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrada audiencia pública; doy fe.

Y para que sirva de notificación a D./Dña. ANATOLI SÁNCHEZ MORA PÉREZ expido y firmo la presente.

En Madrid, a 20 de abril de 2022.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/7.977/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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