Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
14-05-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220514-11

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

11
Móstoles número 2. Procedimiento 104/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 104/2022, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Diego López Pimentel frente a Cerrajería Sia, S. L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre despidos/ceses en general se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

En Móstoles, a 22 de abril de 2022.—Vistos por la Ilma. Sra. magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles, doña Ana Fernández Valenti, los presentes autos número 104/2022, seguidos a instancias de don Juan Diego López Pimentel frente a Cerrajería Sia, S. L., sobre despido, en nombre del rey, ha dictado la siguiente:

Sentencia número 150/2022

Fallo

Estimo parcialmente la demanda formulada por don Juan Diego López Pimentel, frente a Cerrajería Sia, S. L., y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto con fecha 13 de septiembre de 2021, y estando desaparecida la empresa, siendo imposible que ejercite opción, declaro en esta fecha extinguida la relación laboral que unía a las partes, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración, así como a que abone al actor en concepto de indemnización la cantidad de 1.982,20, y por los salarios de tramitación la cantidad de 630,70 euros.

Y ello con desestimación de la pretensión de nulidad, ante la inexistencia de vulneración de los derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva y a la igualdad e integridad física.

Y estimando parcialmente la reclamación de cantidad, condeno a la parte demandada a abonar al actor la cantidad bruta de 855,95 euros, con más 49,90 euros en concepto de 10 por 100 de interés anual por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este juzgado 2851-0000-61-0104-22 abierta en la oficina del Banco Santander 1564 sita en la avenida de la Constitución, número 52, de Móstoles, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este Juzgado con IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los dígitos 2851-0000-61-0104-22.

Expídase testimonio de esta sentencia, que se unirá a las actuaciones y llévese el original al Libro de Sentencias.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Cerrajería Sia, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 26 de abril de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/8.303/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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