Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2022

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220517-100

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

RÉGIMEN ECONÓMICO

100
San Martín de la Vega. Régimen económico. Plan estratégico subvenciones

Una vez finalizado el plazo de información pública de la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2019-2023 elaborado por la Concejalía de Economía, Empleo, Hacienda y Transparencia de San Martín de la Vega, y del acuerdo de aprobación inicial de la misma, adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión de fecha 26 de enero de 2022, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 59, de 10 de marzo de 2022, sin que durante el mismo se haya presentado reclamación o sugerencia alguna, el citado acuerdo se eleva a definitivo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local. Por ello, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la citada Ley, se procede a la publicación del mismo.

Contra este acuerdo de aprobación definitiva se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contado desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se modifica el epígrafe VI del Plan Estratégico de Subvenciones 2019-2023, para la inclusión de la Línea 6. Ayudas de carácter social a personas y familias en situación de emergencia social y colaboración con asociaciones del municipio para el reparto de alimentos, ropa y colaboración en asistencia legal, médica y coordinación con el resto de los servicios sociales, que queda redactado en los siguientes términos:

Línea 6: ayudas de carácter social a personas y familias en situación de emergencia social y colaboración con asociaciones del municipio para el reparto de alimentos, ropa y colaboración en asistencia legal, médica y coordinación con el resto de los servicios sociales.

a) Objetivo estratégico: atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.

b) Objetivos específicos:

— Paliar el impacto que esta situación conlleva, ante las consecuencias derivadas de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 mediante la concesión de subvenciones a personas individuales y familias para resolver tanto situaciones de emergencia como de urgencia, en régimen de evaluación individualizada, siempre que se hayan agotado otras vías de ayuda existentes en la comunidad o las que se prestan desde la “Mancomunidad de Servicios Sociales Las Vegas” y acrediten su situación de emergencia social.

— Ayuda puntual a personas necesitadas, y para finalidades como son el suministro de alimentos, ropa, colaboración en asistencia legal, médica y coordinación con el resto de los servicios sociales.

c) Plazo de ejecución: anual.

d) Costes previsibles: los costes previstos para el ejercicio serán, hasta el máximo de las disponibilidades presupuestarias destinadas recogidas en el Presupuesto que se apruebe.

e) Fuentes de financiación: el presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.

f) Procedimiento de concesión: el procedimiento de concesión se realizará en general por concurrencia competitiva, y directa para las entidades que figuran nominativamente en el presupuesto o si concurren por razones de interés público, social, económico o humanitario.

g) Plan de actuación: el plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la elaboración de las correspondientes bases de convocatoria y los convenios de colaboración que puedan firmarse para regular el otorgamiento de subvenciones nominativas.

San Martín de la Vega, a 4 de mayo de 2022.—El alcalde-presidente, Rafael Martínez Pérez.

(03/9.052/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220517-100