Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2022

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220517-82

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

82
Getafe. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de convocatoria de premios de la LXV Edición del Desfile de Carrozas de las Fiestas de Getafe 2022.

BDNS (Identif.): 624431

De conformidad con lo previsto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getafe ( www.getafe.es ).

Objeto de la convocatoria.—Se convocan premios mediante régimen de concurrencia competitiva dirigidos a entidades jurídicas sin ánimo de lucro que presenten una propuesta artística, cuyo motivo principal sea obligatoriamente una carroza, para participar en el tradicional Desfile de Carrozas de la Fiestas de Getafe 2022.

Requisitos de las asociaciones y agrupaciones participantes.—Podrán participar en el concurso las entidades jurídicas sin ánimo de lucro que cumplan con los siguientes requisitos establecidos en el artículo 13 de Ley General de Subvenciones y que además:

1. Estén legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente según su régimen jurídico. En el caso de asociaciones también deberán estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, teniendo sus datos actualizados, de conformidad con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y Descentralización del Ayuntamiento de Getafe.

2. Se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social.

Presupuesto y premios.—El presupuesto máximo de la presente convocatoria es de 21.600 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 338.01.480.00 denominada “Transferencias Corrientes a Familias e Instituciones sin fines de lucro. Festejos Locales”, considerándose gasto público.

Se establecen dos tipos de premios a los que pueden optar las entidades solicitantes:

— Premios al proyecto artístico: se destinarán 20.300,00 euros a los premios al proyecto artístico. De entre todas las solicitudes se seleccionarán 14 de ellas en base a la valoración del proyecto artístico presentado que recibirán un premio consistente en la representación de su propuesta artística en el Desfile de Carrozas de las Fiestas de Getafe 2022 dotado, además, de un premio económico de 1.450,00 euros cada uno.

— Premios del desfile: se destinarán 1.300,00 euros a los premios del Desfile. Aquellas entidades cuyos proyectos artísticos hayan sido premiados (y por lo tanto seleccionados para participar en el Desfile) que incluyan en la propuesta la realización de una carroza inédita elaborada artesanalmente por las personas miembros de la entidad, optarán a las siguientes distinciones especiales:

• Primer premio, dotado económicamente con 700,00 euros.

• Segundo premio, dotado económicamente con 500,00 euros.

• Tercer premio, dotado económicamente con 100,00 euros.

Solicitud y plazo.—Las solicitudes, que se formalizarán en el modelo que figura como Anexo I de las presentes bases, se presentarán junto con la documentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo el plazo de presentación de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Getafe, a 28 de abril de 2022.—El concejal-delegado de Cultura y Convivencia, Luis José Domínguez Iglesias.

(03/9.351/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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