Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220518-80

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alpedrete. Régimen económico. Bases ayudas comedor escolar

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión extraordinaria celebrada el día 12 de mayo de 2022, adoptó, por unanimidad, el acuerdo que copiado dice lo siguiente:

Advertido error en la publicación de las bases reguladoras de ayudas a familias por emergencia social para comedor escolar, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 106, de 5 de mayo de 2022, en el punto 4, correspondiente a los requisitos de las personas solicitantes (página 242), se procede a su rectificación en los siguientes términos:

Página 242, apartado relativo a los requisitos de las personas solicitantes:

Donde dice:

“— Los menores deberán estar matriculados y cursando Primaria o Secundaria, en un centro educativo público o concertado del municipio, en educación escolar obligatoria”.

Debe decir:

“— Los menores deberán estar matriculados y cursando segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria o Secundaria, en un centro educativo público o concertado del municipio”.

En cumplimiento de la legislación vigente en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones o alegaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, estas bases se entenderán definitivamente aprobadas.

Alpedrete, a 13 de mayo de 2022.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.

(03/9.863/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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