Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220519-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcalá de Henares. Régimen económico. Padrón fiscal paso vehículos a las aceras

Anuncio de aprobación del padrón de la tasa por paso de vehículos a través de las aceras y reserva de la vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase del ejercicio 2022.

Habiéndose aprobado por Resolución del Órgano de Gestión Tributaria, el padrón correspondiente a la tasa por paso de vehículos a través de las aceras y reserva de la vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase del ejercicio 2022.

Se establece como plazo de pago en período voluntario, del 13 de mayo de 2022 al 15 de julio de 2022 (ambos inclusive), o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.

Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público, o por cualquiera de los otros métodos de pagos que figuran en los mismos.

Los respectivos recibos se notificarán colectivamente mediante la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que lo adviertan, todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.

Contra dichos recibos se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón, ante el Órgano de Gestión Tributaria.

Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, las costas del procedimiento de apremio, y en su caso los intereses de demora que se produzcan.

Insértese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcalá de Henares, a 5 de mayo de 2022.—EL Tesorero, titular del Órgano de Gestión Tributaria, Jaime Álvarez de Toledo Jaén.

(01/9.228/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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