Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220519-52

Páginas: 19


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

52
Alcorcón. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 22 de marzo de 2022, aprobó las bases específicas de siete plazas de Bombero/a Especialista, mediante el sistema de oposición libre, cuyo literal es el siguiente:

CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS PARA LA COBERTURA DE SIETE PLAZAS DE BOMBERO/A ESPECIALISTA, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE PARA EL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

1. Objeto de la Convocatoria

Es objeto de la presente Convocatoria la cobertura de siete plazas de Bombero/a Especialista, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Alcorcón.

— Clasificación: Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase de Extinción de Incendios.

— Número de plazas: Siete.

— Denominación del PT correspondiente: Bombero/a Especialista.

— Procedimiento de selección: Oposición.

Tres de las plazas están incluidas en la Oferta de Empleo de 2020, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 31 de diciembre de 2020.

Las cuatro plazas restantes están incluidas en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2021 del Ayuntamiento de Alcorcón, aprobada en la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 28 de diciembre de 2021 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 14 de enero de 2022.

Las características del PT asociado y también vacantes en la RPT son las siguientes:

2. Normativa

La Convocatoria se regulará por lo establecido en las presentes bases. En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid, en el Reglamento del Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Alcorcón, aprobado por el Pleno de 29 de noviembre de 1985 y modificado por pleno del 24 de octubre de 1991, y demás normativa vigente sobre Función Pública.

3. Derechos de examen

Para proceder al pago de la tasa por derechos de examen, consulte el documento “Instrucciones para el pago de tasas de examen” disponible en el apartado de Empleo Público de la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ), al que puede acceder mediante el siguiente enlace: https://www.ayto-alcorcon.es/documentos?folder=regimeninterior\EmpleoPublico

La tasa corresponde a la tarifa “Plazas del Grupo C1 y asimilados”.

En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la Convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación del interesado a las pruebas selectivas.

4. Requisitos de los aspirantes

Además de los requisitos generales establecidos en el artículo 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Haber cumplido dieciocho años antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

b) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Bachiller o equivalente, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

c) No estar incurso en causa de incompatibilidad de conformidad con lo establecido en la Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de Administraciones Públicas, el día de la toma de posesión.

d) Cumplir las condiciones físicas o psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.

e) Presentar el certificado médico necesario para ser admitido para la realización del segundo ejercicio de la oposición (pruebas físicas) el día que se desarrolle dicha prueba.

f) Estar en posesión de los permisos de conducir de la Clase E asociado al C. Este permiso deberá portarse el día del cuarto ejercicio con la presentación del carnet de conducir.

5. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la Convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Para ser admitidos, los aspirantes deberán presentar:

a) Anexo II. Solicitud, que puede descargarse en la web municipal.

b) Fotocopia del DNI.

c) Fotocopia del título exigido en la Convocatoria conforme al apartado 4.

d) Fotocopia del permiso de conducir de la Clase E asociado al C.

e) Anexo IV. Aceptación expresa para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para acreditar la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones del puesto.

f) Anexo V. Declaración responsable de no haber sido separado del servicio ni hallarse inhabilitado.

g) Justificante del pago de los derechos de examen y documento de autoliquidación o, en caso de exención del mismo, Anexo VI. Declaración responsable y certificado/s correspondiente/s.

6. Publicaciones en el tablón de anuncios

Todas las referencias hechas al “tablón de anuncios” deberán entenderse realizadas a la web municipal.

7. Lugar de presentación de solicitudes

Las solicitudes, según Anexo II, se presentarán en el Registro Electrónico o en el Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón, dentro del plazo indicado en el apartado 5. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el resto de documentación exigida.

8. Admisión de candidatos

Expirado el plazo de presentación de instancias, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la resolución con la relación nominal de personas aspirantes excluidos e indicación de las causas de exclusión, el plazo de subsanación de los defectos en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el lugar en que se encuentran expuestas al público las listas completas de las personas aspirantes admitidas y excluidas.

Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en la relación de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de tal resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Asimismo, durante el citado plazo, las personas aspirantes podrán subsanar cualquier otro error que hubieran detectado, en la cumplimentación de la solicitud.

Una vez finalizado el plazo de subsanación al que se refiere el párrafo anterior, se dictará resolución aprobatoria de la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas que será publicada en la web municipal.

La designación nominal del Tribunal Seleccionador y el lugar, fecha y horas del comienzo del proceso selectivo, se harán públicos en la web municipal tras la publicación de la relación definitiva.

9. Órgano de selección

El Tribunal de Selección estará compuesta por un Presidente, un Secretario y tres Vocales, así como una persona suplente por cada una de ellas, todos ellos con titulación igual o superior a la plaza a cubrir.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se aplicará la paridad entre mujer y hombre.

La designación de sus miembros será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. La designación de los miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Órgano de Selección podrá actuar asistido de asesores técnicos con voz, pero sin voto y estará facultada para resolver las dudas e incidencias que se presente, así como para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desenvolvimiento del proceso selectivo, en todo aquello no previsto expresamente en las bases.

10. Sistema de selección

El sistema de selección será el de oposición.

Los ejercicios de esta Convocatoria serán seis de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.

Las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios se harán públicas en la página web municipal.

Será necesario obtener la calificación mínima en los ejercicios de naturaleza puntuable y la calificación de “apto” en los de naturaleza no puntuable para poder realizar el siguiente ejercicio de la oposición.

10.1. Primer ejercicio: ejercicio psicotécnico y de conocimientos.

Todas las fases de las que consta este primer ejercicio se realizarán en la misma jornada.

Primera fase: realización de un conjunto de pruebas psicotécnicas orientadas a comprobar que las aptitudes de los aspirantes son las más adecuadas para la función a desempeñar. Las aptitudes evaluables son:

— Aptitud verbal: capacidad de comprensión y comunicación.

— Atención y capacidad perceptiva: rapidez para evaluar los estímulos identificando los diferentes de los semejantes.

— Aptitud espacial: la destreza para imaginarse un objeto rotando en el espacio, orientarse en un lugar que presenta múltiples obstáculos y observar las cosas en una perspectiva tridimensional.

— Aptitud numérica: capacidad para comprender y trabajar con operaciones numéricas.

Consistirá en contestar a un cuestionario tipo test dividido en cuatro apartados diferenciados, cada uno correspondiente a cada una de las aptitudes a evaluar. El número de preguntas, el número de respuestas alternativas y el valor de las respuestas correctas y erróneas será determinado por el Tribunal en función del diseño de la prueba. Todos los apartados tendrán el mismo número de preguntas.

El tiempo de realización de la prueba será determinado por el Tribunal en función del diseño de la misma, no siendo superior a los 60 minutos.

Segunda fase: consistirá en contestar un cuestionario de 100 preguntas con 4 respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, sobre el temario especificado en el Anexo I. La duración del ejercicio no será superior a 90 minutos.

Las diez primeras preguntas versarán sobre los contenidos del Bloque I. Legislación General.

Al menos se realizarán diez preguntas sobre los contenidos de cada uno de los Bloques II, III, IV y V.

No se realizarán preguntas en este cuestionario relativas a los contenidos del tema del Bloque VI: vías de circulación en el municipio de Alcorcón.

Tercera fase: Conocimiento del municipio según los contenidos en el tema del Bloque VI. Consistirá en desarrollar por escrito cinco itinerarios para circular entre un punto de inicio y un punto final del recorrido. Estos podrán ser:

— Puntos iniciales: La puerta de salida de vehículos, en la calle Hayas, del Parque de Bomberos de Alcorcón. Un cruce de vías del municipio.

— Puntos finales: Un cruce de vías del municipio. Un punto kilométrico de las vías interurbanas dentro del municipio. La puerta de salida de vehículos, en la calle Hayas, del Parque de Bomberos de Alcorcón.

El opositor solo podrá desarrollar una respuesta para cada itinerario preguntado. La duración del ejercicio no será superior a 30 minutos.

El recorrido de la respuesta cumplirá estrictamente las normas de circulación en circulación no prioritaria con un vehículo tipo turismo, con las siguientes salvedades:

— En la puerta de salida de la calle Hayas del Parque de Bomberos de Alcorcón, podrán cruzar la mediana de la vía para tomarla al salir directamente en el sentido más adecuado o para regresar al Parque.

— Podrán circular libremente por las zonas de prioridad residencial.

10.2. Segundo ejercicio: pruebas físicas.

Constará de dos fases encaminadas a comprobar la aptitud física de los aspirantes:

Primera fase: presentación de un certificado médico, extendido en impreso oficial y firmado por colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuran especificados en la segunda fase de este ejercicio; no se admitirán aquellos certificados que no se ajusten en su redacción a este concepto.

Este certificado médico no excluye en absoluto las comprobaciones posteriores que integran el sexto ejercicio de esta Convocatoria y que tienen autonomía propia.

Segunda fase: la realización de las pruebas siguientes desarrolladas en el Anexo VII:

— Press de banca.

— Dominadas en escala.

— Subir a brazo por una cuerda lisa.

— Carrera de 60 metros.

— Carrera de 1.500 metros.

— Natación: 100 metros.

Si un aspirante no supera una prueba, queda eliminado del proceso, no pudiendo realizar las pruebas que resten.

El Tribunal podrá elegir, al azar, de entre los aspirantes un número de ellos para la realización de un control antidoping, teniendo en cuenta que el hecho de haber consumido productos estimulantes de la capacidad física, según lista aprobada por el Consejo Superior de Deportes, a propuesta de la Comisión Nacional Antidopaje, supondrá la eliminación del aspirante.

Para la realización de estas pruebas, será requisito indispensable la presentación del certificado médico descrito en la primera fase, sin cuyo requisito no podrá realizarse la prueba, quedando el aspirante eliminado de la oposición.

10.3. Tercer ejercicio: prueba de aptitud físico-profesional.

Con objeto de valorar la tolerancia al trabajo en altura y la tolerancia al trabajo en espacios confinados, los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas para valorar dichos aspectos, indispensables para el ejercicio de la profesión:

Tolerancia al trabajo en altura: el objetivo es detectar comportamientos anómalos de los aspirantes para realizar trabajos en altura.

Se realizará en un único intento.

El aspirante realizará un recorrido sobre plataforma o pasarela plana elevada que puede carecer de barandilla. La longitud de la plataforma o pasarela y la altura de la misma serán determinadas por el Tribunal. Durante el recorrido el aspirante deberá realizar una prueba de escritura copiando un texto de forma legible y con arreglo a las indicaciones y a las reglas marcadas, dentro del tiempo máximo establecido por el Tribunal. El texto será colocado en una zona fuera y por debajo de dicha plataforma, de forma que para su lectura obligue a mirar hacia abajo.

El aspirante será asegurado de forma apropiada y con carácter previo al inicio de la prueba.

El tiempo, condiciones de realización de la prueba, condiciones de copia del texto y cada cuántos aspirantes se sustituye el texto por otro diferente, con una longitud y características equivalentes en cada variante, serán determinados por el Tribunal e informado a los aspirantes el mismo día de la prueba.

La prueba comenzará con el aspirante en posición de pie en la zona marcada como inicio y concluirá cuando salga de la plataforma o pasarela en la zona marcada como final.

Serán declarados no aptos aquellos aspirantes que no terminen el circuito acordado en el tiempo establecido, no copien correctamente el texto conforme a las reglas informadas antes del inicio de la prueba, requieran asistencia por parte de los examinadores, se agarren a alguna parte de la estructura, gateen o realicen cualquier otra conducta que indique problemas de vértigo.

Tolerancia al trabajo en espacios confinados: el objetivo es detectar comportamientos anómalos de los aspirantes para realizar trabajos en espacios confinados.

Se realizará en un único intento.

El aspirante realizará un circuito sinuoso que intentará reproducir la circulación de personas por espacios confinados sin visibilidad.

El recorrido tendrá una duración mínima de 2 minutos y una duración máxima en un tiempo que habrá de ser común a todos los aspirantes y será determinado por el Tribunal, con carácter previo al inicio de la misma.

La prueba consistirá en llegar al final del circuito dentro del citado tiempo máximo. Durante el desarrollo de la prueba se podrá pedir al aspirante que permanezca inmóvil con objeto de cumplir el tiempo mínimo de permanencia. Los aspirantes conocerán, por foto o dibujo, como es el recinto al que van a acceder, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, pero no el recorrido que tienen que realizar.

Se equiparán con casco, guantes y máscara de equipo autónomo (a proporcionar por el Servicio) sin pulmoautomático ni equipo autónomo, para simular condiciones de baja o nula visibilidad. La condición de baja o nula visibilidad se conseguirá por opacidad de la máscara mediante pantalla rallada o cubierta con un elemento opaco u otro método semejante en función de los condicionantes logísticos pero que consiga el mismo efecto. El aspirante deberá venir equipado con un pantalón largo, una sudadera de manga larga y calzado adecuado. Accederán al interior de una galería de entrenamiento (cámara de humos) equipado con la máscara, casco y guantes. Dentro de la galería se accederá a un circuito en el interior de un laberinto formado por jaulas metálicas y tubos. El circuito será sinuoso por lo que podrá haber subidas, bajadas, pasos estrechos y cambios de dirección. La prueba comenzará con el aspirante en posición de pie, junto al acceso al circuito y concluirá cuando el aspirante salga del laberinto y adopte la posición de estacionado de pie.

En el interior de la sala habrá un instructor asesor del Tribunal que garantizará la seguridad de los aspirantes y miembros del Tribunal se encontrarán en esta sala o en la sala de control anexa.

Serán declarados no aptos aquellos aspirantes que no terminen el circuito establecido en el tiempo antes citado; quienes se retiren voluntariamente de la prueba porque así se lo pidan al Instructor; aquellos que desmonten o rompan parte de la instalación existente, se quiten la máscara y aquellos que, por su conducta, se manifieste que está en riesgo su propia seguridad y se vea obligado a intervenir el Tribunal.

El Tribunal, antes de iniciar la prueba, determinará cada cuántos aspirantes se cambia el recorrido del circuito (modificando alguno o algunos de los paneles móviles manteniendo la longitud en cada variante) e informará el mismo día de la prueba de este dato.

10.4. Cuarto ejercicio: prueba práctica de conducción.

Se realizará en el circuito y condiciones que señale el Tribunal, en un único intento y en circuito cerrado. El vehículo empleado será una autobomba urbana pesada.

Se realizará el circuito en un tiempo máximo determinado por el Tribunal no superior a veinte minutos. El circuito constará de:

— Tramo de circulación que tendrá giros cerrados y estrechamientos.

— Aparcamiento en línea.

— Aparcamiento en batería.

— Tramo de circulación a realizar marcha atrás.

Todo ello estará delimitado por un sistema de conos o elementos delimitadores que se puedan desplazar si son golpeados por el vehículo y/o por líneas pintadas en el suelo.

Los criterios de eliminación serán:

— Rebasar el tiempo máximo marcado.

— Cometer el número máximo de fallos en el circuito que determine el Tribunal, considerando fallo: desplazar un elemento delimitador del circuito de circulación o de aparcamiento fuera de sus marcas o rebasar las líneas de demarcación del circuito.

— Si el Tribunal se ve obligado a detener el ejercicio por ver comprometida la seguridad a consecuencia de la conducción o actitud del aspirante.

Los criterios de calificación serán determinados por el Tribunal, estableciendo una calificación negativa a los fallos en el circuito, las infracciones a la seguridad vial que se observen durante el desarrollo del circuito y los incumplimientos de cualquier otro aspecto que pueda ser determinado por el Tribunal (como, por ejemplo, establecer un límite de velocidad en el desarrollo de la prueba).

Para la realización de este ejercicio los aspirantes deberán ir provistos en la sesión a la que hayan sido convocados, de los permisos de conducir de la clase C + E, vigentes al momento de celebración de las pruebas. Si no aporta en ese momento los permisos no podrá realizarse la prueba, quedando el aspirante eliminado del proceso selectivo.

10.5. Quinto ejercicio: prueba de aptitud psicológica.

Está prueba consistirá en la realización de test psicológico, que deberá estar tipificado con población normal. Se valorarán aspectos tales como ansiedad, depresión, paranoia, esquizofrenia, rasgos límites y antisociales y agresión, adicciones, entre otros. Los aspirantes que presenten rasgo de aptitud psicológica no adecuados según el test realizado, se les realizará entrevista personal para confirmar o descartar dichos rasgos.

Para la valoración y calificación de las pruebas psicológicas se requerirán los servicios de personal especializado que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la Convocatoria. A la vista de dicho informe el Tribunal Calificador resolverá.

10.6. Sexto ejercicio: reconocimiento médico.

Será realizado por el Departamento de Salud Laboral del Ayuntamiento de Alcorcón, teniendo en cuenta el cuadro de exclusiones médicas que se recogen en el Anexo III.

11. Calificación

La calificación final de la fase de oposición será el resultado de la suma aritmética de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios de naturaleza puntuable, siempre que se hubiera obtenido la puntuación mínima requerida en cada uno de ellos. Las puntuaciones de las distintas pruebas, así como de la calificación final, se realizará en la página web.

11.1. Primer ejercicio: ejercicio psicotécnico y de conocimientos.

Primera fase. Se calificará como apto o no apto. Para obtener la calificación de “apto” se debe alcanzar el mínimo establecido por el tribunal para cada una de las cuatro aptitudes evaluadas.

Segunda fase. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta correcta, redondeado al valor del segundo decimal. Se considerará contestada erróneamente aquella que tenga marcada más de una opción.

Tercera fase. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos. Cada uno de los cinco itinerarios se calificará de 0 a 2 puntos.

11.2. Segundo ejercicio: pruebas físicas.

Primera fase. Se calificará como apto o no apto.

Segunda fase. A la marca mínima indispensable fijada, en su caso, en cada ejercicio le corresponderá una puntuación de 5 puntos. A quienes la superen se les calificará con una puntuación de 5 a 10 puntos en relación al resultado obtenido, conforme al baremo establecido en el Anexo VII. Para superar la prueba es necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de los ejercicios.

El resultado final de esta prueba se obtendrá por media aritmética de las puntuaciones alcanzadas en los diferentes ejercicios.

11.3. Tercer ejercicio: prueba de aptitud físico-profesional.

Se calificará como apto o no apto.

11.4. Cuarto ejercicio: prueba práctica de conducción.

La prueba práctica de conducción se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superar este ejercicio obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

11.5. Quinto ejercicio: prueba de aptitud psicológica.

Se calificará como apto o no apto.

11.6. Sexto ejercicio: reconocimiento médico.

Se calificará como apto o no apto.

12. Curso selectivo

Concluida la fase de oposición, el aspirante que la hubiese superado, habrá de acceder a la realización de un curso, con el objeto de pasar de ser funcionario en prácticas a funcionario de carrera. Tras su posterior nombramiento, durante la realización del curso, será retribuido conforme a lo establecido en el Real Decreto 456/1986 de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas. El tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado la fase de oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Solo realizará el curso los aspirantes que hayan aprobado la fase de oposición y en número no superior al de plazas de la Convocatoria. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

El curso será gestionado por los Servicios de Bomberos y Protección Civil, y de Recursos Humanos, y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos tanto teóricos como prácticos, en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Servicio de Bomberos y Protección Civil de Alcorcón.

La duración del curso no será superior a tres meses, su programa y regulación serán establecidos por os Servicios de Bomberos y Protección Civil, y de Recursos Humanos.

Para superar el curso selectivo el aspirante que participe en él deberá aprobar todas las asignaturas o materias que lo compongan, así como las diferentes actividades prácticas. La puntuación de este curso, que será publicada en la página web, estará comprendida entre 0 y 10 puntos, siendo necesario para aprobar una puntuación mínima de 5 puntos.

Lista de aprobados y propuesta del Tribunal:

La calificación total definitiva del proceso selectivo para cada aspirante aprobado será la que resulte de sumar las obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo. Dichas calificaciones serán publicadas en la página web.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si se produjera nuevo empate se atenderá a la mayor puntuación de la segunda fase del primer ejercicio.

El Tribunal propondrá para su nombramiento como funcionarios de carrera a aquellos aspirantes que hayan superado el curso de aprendizaje profesional.

13. Presentación de documentos

Los aspirantes propuestos aportarán a la Concejalía de Recursos Humanos, sin perjuicio de su presentación en el Registro General del Ayuntamiento, los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta Convocatoria.

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

c) Fotocopia debidamente compulsada del título de Bachiller o equivalente.

d) Copia autentificada o fotocopia compulsada de los permisos de conducir exigidos.

El plazo de presentación de documentos, será el de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en la página web del Ayuntamiento.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, quienes dentro del plazo indicado en el párrafo anterior, salvo en casos de fuerza mayor, no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán acceder al nombramiento y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la Convocatoria.

14. Toma de posesión

Una vez aprobada la propuesta de nombramiento que formule el Tribunal Calificador al órgano competente, los aspirantes incluidos en la misma deberán tomar posesión en el plazo que dicho órgano determine.

Para la toma de posesión, los interesados comparecerán en el Ayuntamiento el día y hora que a tal fin se les comunique, en cuyo momento y como requisito previo, deberán prestar juramento o promesa que prescribe la legislación vigente y formular, en los impresos al efecto establecido, la declaración jurada de las actividades que estuvieran ejerciendo.

Quienes sin causa justificada no acudan a la toma de posesión, salvo causa de fuerza mayor, en el día y hora que a tal fin se señale, se entenderá que renuncia a todos los derechos derivados de la Convocatoria y del subsiguiente nombramiento.

ANEXO I

TEMARIO

Bloque I. Legislación general

1. La Constitución Española de 1978 (I). Estructura y principios básicos (Título Preliminar). Derechos y Deberes Fundamentales. Garantías de las libertades y derechos. (Título I: Artículos 10-38 y artículos 53-55).

2. La Constitución Española de 1978 (II). La Corona (Constitución Española, Título II) Las Cortes: Composición, atribuciones y funcionamiento (Constitución Española, Título III: Artículos 66-80). El Gobierno y la Administración (Constitución Española, Título IV: Artículos 97-107). El Poder Judicial (Constitución Española, Título VI: Artículos 117-121).

3. Organización Territorial del Estado. La Administración local y las Comunidades Autónomas: Principios Generales (Constitución Española, Título VIII: Artículos 137 a 147). Organización Institucional de la Comunidad de Madrid: Instituciones Básicas de la Comunidad de Madrid: La Asamblea, el Presidente y el Gobierno (Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, Título I: Artículos 8-25). Competencias de la Comunidad de Madrid (Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, Título II: Artículos 26, 27, 28 y 31).

4. Ley de Bases de Régimen Local. Título II. El municipio. artículo 11, 12, 15-27. Título X. Régimen de organización de los municipios de gran población: artículo 121-132.

5. Recursos de las Haciendas Locales. Enumeración: especial referencia a las Tasas. Contribuciones Especiales y Precios Públicos. Recursos de los Municipios. (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, artículos 2, 20 al 23, 28 al 30, 41 al 47 y 56 al 58).

6. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clases de Personal. Derechos y Deberes. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario. (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público-EBEP-Título II artículos 8 al 12, Título III artículos 14 al 16, 21 al 24, 47 al 54, Título IV artículos 55, 56, 62, 63 y 67, Título VI artículos 85 al 91, Título VII artículos 93 al 98).

7. El Procedimiento Administrativo. Concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento. Los recursos administrativos: concepto y clases. Iniciativa legislativa y potestad normativa de las Administraciones Públicas (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título Preliminar artículos 1 y 2, Título IV Capítulo I al VII, Título V Capítulo II artículo 112 al 126, Título VI artículos 127 al 133.

Bloque II. Legislación específica

8. Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.

9. Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la norma Básica de Protección Civil. Autoprotección: Disposiciones generales, Alcance, Plan de autoprotección y Definiciones. (Norma Básica de Autoprotección aprobado por Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo: apartados 1 al 3 y Anexo III).

10. Prevención de incendios. Documento Básico Seguridad en caso de incendios del CTE (SI-1 Propagación interior. SI-2 Propagación exterior. SI-3, punto 1 Compatibilidad de los elementos de evacuación, punto 2 Número y longitud de los recorridos de evacuación. SI-4 instalaciones de protección contra incendios. SI-5 intervención de los bomberos; SI Anejo A: Terminología; CTE Parte I Anejo III: Terminología).

11. Prevención de riesgos laborales. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Capítulo I; Capítulo II: Artículos 5 y 7; Capítulos III, IV, Capítulo V: Artículos 33, 34.1, 34.2, 35.1, 35.2 (excepto la tabla incluida en dicho precepto) y 38, Capítulo VI.

12. Equipos de protección individual. Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual: Artículo 1, Artículo 3, primer párrafo del artículo 4 y Artículos 5, 7 y 10.

13. Equipos de protección individual. (Guía Técnica del INSHT para la utilización por los trabajadores de EPIs, artículos 2, 3, 4, 7 y 10). Tipos de EPI. Aspectos a considerar. (Guía Técnica del INSHT para la utilización por los trabajadores de EPIs, apéndice 4). Categorías de EPIS. Marcado CE (Texto consolidado del Real Decreto 1407/1992, de noviembre, que regula condiciones de los EPIs, artículos 7 y 10).

Bloque III. Ciencias y técnicas aplicadas

14. Fundamentos físicos. Mecánica. Cinemática. Dinámica. Fuerza. Masa. Vectores. Momento de una Fuerza. Las Tres Leyes del Movimiento de Newton. Trabajo. Energía. Electricidad. Temperatura. Escalas de Temperatura. Estados de la Materia. Sistema Internacional de unidades.

15. Fundamentos químicos. La materia. Estados de agregación. Cambios de estado. Propiedades físicas y químicas. Sustancias puras y mezclas. Magnitudes másicas. Disoluciones. Gases ideales, Ley general e Hipótesis de Avogadro. Átomos, isótopos y modelos atómicos. Elementos químicos, compuestos y enlaces químicos. Nomenclatura y formulación inorgánica. Reacciones químicas, cambios químicos, propiedades de las reacciones, ajuste de reacciones, reacciones redox y reacciones acido-base (neutralización).

16. Conceptos básicos sobre Electricidad I. Conceptos básicos sobre electricidad. Intensidad de la corriente eléctrica. Potencial eléctrico. Resistencia eléctrica. Tipos de circuitos. Corriente continua y alterna. Corriente trifásica. Potencia eléctrica.

17. Conceptos básicos sobre Electricidad II. Medidas de seguridad con riesgo eléctrico. Contacto eléctrico directo. Contacto eléctrico indirecto. Efectos de la electricidad en el organismo: Intensidad. Resistencia del cuerpo. Tensión de seguridad. Frecuencia y forma de la corriente.

18. Hidráulica. Caracterización. Propiedades de los fluidos (masa, densidad, peso específico, densidad relativa y peso específico relativo, viscosidad, presión de vapor, tensión superficial). Hidrostática (presión, ecuación fundamental de la hidrostática. Principio de Pascal, Principio de Arquímedes). Hidrodinámica (Caudal, régimen de fluido laminar y turbulento, caudal, ecuación de continuidad, ecuación de Bernoulli, Teorema de Torricelli, efecto Venturi, golpe de ariete).

19. Teoría del fuego. Conceptos básicos y definiciones. Triangulo y tetraedro del fuego. Combustiones estequiométricas y límites de inflamabilidad/explosividad. Tipos de incendios/fuegos. Evolución y propagación del incendio. Productos de la combustión. Explosiones y deflagraciones.

20. Extinción de incendios. Mecanismos de extinción. Agentes extintores. Aplicación. Uso. Ventajas e inconvenientes.

21. Sustancias peligrosas. Residuos tóxicos y peligrosos. Clasificación de las mercancías peligrosas (ADR). Riesgos inherentes. Sistemas de identificación, señalización de vehículos y contenedores (ADR, NFPA, código HAZCHEM).

22. Atención sanitaria. Primeros auxilios: Aspectos psicológicos. La evaluación inicial de la víctima. Reanimación Cardiopulmonar Básica. Hemorragias y shock. Heridas y contusiones. Quemaduras y urgencias por alteraciones en la termorregulación. Traumatismos. Movilización y evacuación de heridos y enfermos

23. Radiocomunicaciones en emergencias. Fundamento de los sistemas de radiocomunicación, ondas electromagnéticas, bandas de frecuencia, sistemas y modos de comunicación, servicio de radiocomunicaciones móviles. Normas y uso de equipos en emergencias. Sistemas de Información Geográfica (GIS). Sistema GPS.

24. Introducción a la Informática. Conceptos Básicos. Conceptos de Hardware. Conceptos de Software (Sistemas operativos, Ofimática, Bases de Datos). Redes e Internet.

Bloque IV. Infraestructura urbana y edificación

25. Red de distribución de electricidad. Redes eléctricas, Plantas de generación de electricidad. Líneas de transporte y distribución en alta tensión. Subestación transformadora. Líneas de distribución de media tensión. Centros de transformación.

26. Red gas natural y GLP. Términos y características fundamentales. Familias de gases. Acometidas. Materiales. (Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, artículo 54, 58, 59, 66, 73 y 78. Reglamento combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG, artículo 1 a 4, 7, 8, ITC-ICG 1, 2 y 6).

27. Red de saneamiento. Términos y características fundamentales (CTE DB HS Salubridad, Apéndice A Terminología, 3.1 Condiciones generales de evacuación y 3.2. Configuración de los sistemas de evacuación).

28. Red de abastecimiento de agua. Redes de distribución (Normas Canal de Isabel II versión 2012: I.5 Definiciones, II.1 Consideraciones Generales, II.2.1. Consideraciones generales. Mapa de usos, III.2 Criterios generales de diseño, III.3.1 Consideraciones generales y III.3.2. Trazado en planta). Definición, componentes de la acometida. Descripción de acometidas de agua para consumo humano (ETC Canal de Isabel II versión 2011: II. Componentes de la acometida).

29. Conceptos de física aplicados a la construcción. Fuerza. Equilibrio. Elasticidad. Acciones en la edificación. Esfuerzos. Tensiones.

30. Construcción I. Materiales de construcción. Materiales pétreos, metálicos y orgánicos (madera).

31. Construcción II. Elementos estructurales más comunes de la edificación. Cimentaciones y sistemas de contención de tierras, definiciones y tipologías.

32. Construcción III. Elementos estructurales más comunes de la edificación. Estructuras aéreas. Tipologías de sistemas estructurales. Elementos constructivos de carácter estructural.

33. Construcción IV. Elementos complementarios de la edificación. Cubiertas. Cerramientos exteriores. Cerramientos interiores. Revestimientos y acabados.

34. Instalaciones eléctricas. ITC-BT-12 a ITC-BT-17 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Instalaciones de enlace. Dispositivos de protección en instalaciones de BT, esquema general de la red eléctrica de un edificio. Grado de electrificación de la vivienda.

35. Instalación de agua fría. Descripción de instalación general: acometida, instalación general del edificio e instalaciones particulares.

36. Instalación de agua caliente sanitaria y climatización. Sistemas de producción de agua caliente, instalación individual, instalación centralizada. Instalaciones de ACS (distribución, regulación, control y separaciones respecto a otras instalaciones).

Bloque V. Tecnología de la automoción y normativa de circulación

37. Seguridad en el diseño de vehículos. Estructura de los vehículos: funciones, componentes de la estructura y tipos de estructuras. Energía en la colisión de un vehículo. Protección del habitáculo. Sistemas de seguridad pasiva en turismos. Problemas en la colisión entre vehículos.

38. Mecánica básica del automóvil I. Tipos de motores, ciclo Otto y ciclo Diésel, descripción de los sistemas y componentes que forman un motor de explosión. Motores híbridos y eléctricos en automoción. Sistemas de alimentación: función, elementos del sistema, funcionamiento, tipos de inyección, sobrealimentación de motores e intercooler, circuito de alimentación de carburante (circuito de baja presión, circuito de alta presión, sistema mecánico, sistema regulado electrónicamente). Emisión de contaminantes de los motores de explosión, sistemas de reducción de la contaminación mediante catalizadores y filtros de partículas (componentes y sistema de control).

39. Mecánica básica del automóvil II. Sistema de lubricación: función, fundamentos básicos, componentes y características del sistema de lubricación, clasificación de los aceites. Sistema de refrigeración: función, componentes y funcionamiento, mezclas anticongelantes. Sistemas eléctricos del automóvil: función, componentes, funcionamiento, sistema de arranque, sistema de alumbrado, sistemas eléctricos auxiliares. Sistema de transmisión: función, componentes y funcionamiento, mecanismo del embrague, mecanismo de la caja de velocidades manuales y automáticas, grupo divisor y grupo planetario.

40. Mecánica básica del automóvil III. Ruedas y neumáticos: Concepto y misión de las ruedas, elementos de una rueda, tipos y nomenclatura de neumáticos, cuidado y mantenimiento. Sistema de Dirección y Suspensión: fundamentos básicos del sistema de dirección y sistema de suspensión, elementos del sistema de dirección, dirección asistida, elementos del sistema de suspensión, suspensión neumática. Sistema de frenado: función, descripción del sistema y funcionamiento básico, tipos de freno, sistema de accionamiento neumático, sistemas de mejora de la eficacia del frenado, freno de socorro o de seguridad, freno motor en el escape, retardadores o ralentizadores hidráulicos (hidrodinámicos), freno eléctrico, antibloqueo de ruedas-ABS.

Bloque VI. Vías de circulación urbanas e interurbanas del municipio de Alcorcón

41. Vías urbanas del municipio de Alcorcón. Conocimiento de las vías urbanas del municipio de Alcorcón, sus cruces y sentidos de la circulación. Ubicación del parque de bomberos del municipio de Alcorcón. Conexiones con las vías interurbanas del municipio.

42. Vías interurbanas del municipio de Alcorcón. Conocimiento de las vías interurbanas que recorren el municipio de Alcorcón con los puntos kilométricos incluidos en el mismo. Conexiones de las vías interurbanas entre sí y con el viario urbano.

ANEXO III

CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS

El aspirante ha de estar exento de toda enfermedad orgánica, de toda secuela de accidente y de cualquier deficiencia física o psíquica que pueda constituir una dificultad en la práctica profesional, teniendo como base los criterios preventivos que se indican a continuación:

1. Oftalmología. No padecer:

— Agudeza visual inferiores a 0,8 en el ojo mejor y 0,5 en el ojo peor, medidas sin corrección mediante el test de Snellen.

— Visión monocular.

— Reducción significativa del campo visual en algún meridiano o escotomas absolutos/relativos en la sensibilidad retiniana.

— Retinopatías.

— Retinosis pigmentaria.

— Hemeralopía.

— Hemianopsia.

— Diplopía.

— Discromatopsias importantes. Se debe superar la prueba de las tablas de Ishihara.

— No padecer alteraciones significativas en la capacidad de recuperación al deslumbramiento o en la visión mesópica (baja iluminación).

— Glaucoma.

— Afaquias, pseudofaquias.

— Subluxación del cristalino.

— Distrofia corneal progresiva o con disminución de la agudeza visual inferior a la permitida.

— Queratitis crónica.

— Alteraciones oculomotoras importantes.

— Dacriocistitis crónica.

— Párpados: cualquier patología o defecto que impida la protección del ojo a la intemperie.

— Tumores oculares.

— No se admiten lentes intraoculares.

2. Otorrinolaringología. No padecer:

— No se admitirá audífono.

— La agudeza auditiva conversacional será medida según normas P.G.B. (pérdida global binaural) y no se admitirán pérdidas mayores a 30 decibelios en ninguna de las frecuencias valoradas.

— Trauma acústico o sordera profesional: no se admitirán pérdidas mayores a 30 decibelios en la frecuencia 4.000 hertzios, una vez descontada la pérdida normal para la edad según normas ELI (Easly Loss Index).

— Vértigo permanente de cualquier etiología.

— Dificultades importantes de la fonación.

— Perforación timpánica.

— Tartamudez acusada.

— Obstrucción crónica de las fosas nasales.

3. Aparato locomotor: no se admitirán lesiones, patologías ni alteraciones que impliquen una limitación de la funcionalidad, ni afecciones o anomalías progresivas. No se admitirán alteraciones y/o grados de movilidad inferiores a lo indicado.

a. Extremidades superiores:

a) Hombro:

— Elevación progresiva en anteversión hasta 150o.

— Abducción hasta 120o.

b) Codo:

— Flexión hasta 100o.

— Extensión hasta 10o.

— Supino pronación: De 30o a 150o.

c) Muñeca:

— Flexión hasta 45o.

— Extensión hasta 45o.

d) Mano y dedos:

— Afectación del primer dedo de una mano, cuando no esté conservada la pinza.

— Falta de una mano o de parte de la misma cuando no esté conservada la pinza.

— Falta o pérdida de función de más de 1/3 de la falange distal de los dedos 2.o a 4.o. Solo se admitirá la pérdida completa de la falange distal del 5.o dedo.

b. Extremidades Inferiores:

a) Cadera:

— Flexión hasta 100o.

— Extensión hasta 10o (más allá de 0o).

b) Rodilla:

— Extensión completa.

— Flexión hasta 120o.

c) Tobillo:

— Flexo-Extensión dorso plantar hasta 30o.

d) Pie y sus dedos:

— Pie zambo.

— Pie plano.

— Pie plano espástico.

— Pie cavus.

— Limitación de movimientos que dificulte andar, correr o saltar.

— Falta o pérdida de cualquier falange del primer, segundo y tercer dedo de cualquier pie.

— Limitación completa de la flexión dorsal del primer dedo.

— Dedos en garra que impidan llevar las botas de trabajo.

— Hallus Valgus.

c. Columna vertebral:

— Escoliosis mayor de 7o de ángulo de Coob o con sintomatología.

— Costilla accesoria que produzca “Robo de Subclavia”.

— Hernia discal con sintomatología.

— Antecedentes de hernia discal intervenida.

d. Otros procesos excluyentes:

— Fracturas que dejen secuelas y dificulten la función.

— Osteomielitis.

— Osteoporosis.

— Condromalacia (grado II o superior).

— Artritis.

— Luxación recidivante.

— Parálisis muscular.

— Mictonía congénita.

— No se admiten prótesis ni de cadera, ni de rodilla, ni de hombro ni de codo.

4. Aparato digestivo. Serán excluyentes las siguientes situaciones clínicas:

— Pancreatitis crónica.

— Estadíos cirróticos o precirróticos (grado histológico III y IV).

— Hepatopatías crónicas:

• Virus C positivo con RNA positivo (Serán admitidos virus C + siempre que el RNA sea negativo y no haya cirrosis).

• Virus B+.

— Enfermedad de Wilson no compensada.

— Hepatopatías alcohólicas. Hepatopatías agudas con repercusión enzimática importante.

— Hipertransaminasemias idiopáticas de etiología hepática con niveles que cuadripliquen el límite superior de la normalidad.

— Haber sido sometidos a trasplantes hepáticos.

— Pancreatitis crónica.

— Síndromes diarreicos crónicos.

— Eventraciones no intervenidas.

— Pacientes sometidos a cirugías resectivas abdominales importantes.

— Ulcera sangrante recidivante.

— Portador de ostomía.

— Cualquier patología del aparato digestivo con o sin intervención quirúrgica que presente secuelas funcionales con repercusión orgánica.

5. Aparato respiratorio. No padecer:

— Disminución de la capacidad vital de forma significativa limitante para su actividad habitual.

— Disminución de FVC, FEV 1 y FEV1/FVC por debajo del 80 por 100 de lo estimado normal para sus características físicas y sexo.

— Cualquier tipo de EPOC.

— Asma bronquial.

— Atelectasia.

— Enfisema.

— Neumotorax recidivantes.

— Tuberculosis pulmonar activa.

— Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño, los trastornos relacionados con este, ni otras causas de excesiva somnolencia diurna.

— Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las prácticas físicas a realizar y en las tareas específicas de bomberos.

6. Aparato cardiovascular. Será excluyente padecer o haber padecido alguno de los siguientes procesos:

— Marcapasos implantado permanente.

— Desfibrilador automático implantable implantado.

— Prótesis valvulares implantadas.

— Hipertensión arterial en tratamiento. No se admitirán valores superiores a 150 mm de Hg de presión sistólica, ni de 90 mm de Hg de presión diastólica.

— Miocardiopatía dilatada idiopática.

— Miocardiopatía hipertrófica obstructiva.

— Miocardiopatía hipertrófica no obstructiva.

— Valvulopatías.

— Infarto de miocardio.

— Coronariopatías.

— Pericarditis crónicas.

— Taquicardias ventriculares.

— Síndrome de Brugada.

— Taquicardias auriculares.

— Flutter auricular.

— Fibrilación auricular.

— Enfermedad del nodo sinusal.

— Bloqueos AV completos.

— Bloqueos AV 1.o y Mobitz I sintomáticos.

— Bloqueos AV grado Mobitz II.

— Síndrome Wolf-Parkinson-White.

— HTA severa con repercusión clínica.

— HTA moderada mal tolerada.

— Síncopes vasovagales.

— Aneurismas cardíacos o de grandes vasos, ni siquiera corregidos quirúrgicamente.

— Disección aórtica.

— Insuficiencia venosa periférica que produzca signos de estasis o alteraciones tróficas varicosas importantes.

— Insuficiencia arterial periférica.

— Secuelas post-tromboembólicas.

— Alteraciones circulatorias en manos/pies que sean sintomáticos o dificulten la funcionalidad de los mismos.

7. Sistema nervioso central. No padecer o haber padecido:

— Párkinson, Corea o Balismo.

— Epilepsia.

— Esclerosis Múltiple.

— Ataxia.

— Arterioesclerosis cerebral sintomática.

— Vértigo de origen central.

— Alteraciones psiquiátricas de base.

— Cualquier grado de hiposmia.

— Accidentes isquémicos, infartos o hemorragias cerebrales.

8. Piel y faneras. No padecer:

— Cicatrices que produzcan limitación funcional importante.

— Enfermedades dermatológicas que limiten o se agraven con el desempeño de la función de bombero.

9. Trastornos hematológicos. No padecer:

— Trastornos asociados a déficits de factores de coagulación.

— Tratamientos anticoagulantes.

— Trastornos oncohematológicos.

— Anemias, leucopenias y trombopenias graves.

10. Aparato urinario. No padecer:

— Insuficiencia renal crónica.

— Trasplantes renales.

— Falta de un riñón.

— Enfermedades renales evolutivas y/o que requieran diálisis.

— Análisis de orina: Albuminuria y/o Cilindruria importantes.

11. Trastornos psicológicos o psiquiátricos. Padecer o haber padecido alteraciones de la conducta avaladas por informe especializado por un neurólogo, psiquiatra y/ psicólogo, según los criterios diagnósticos de enfermedades mentales incluidas en el DSM-IV-TR o sus posibles actualizaciones. En particular, no se admiten:

— Delirium, demencias, trastornos amnésicos y otros trastornos cognoscitivos.

— Esquizofrenia y otros trastornos psicóticos delirantes.

— Trastornos graves del estado de ánimo.

— Trastornos disociativos.

— Trastornos del sueño de origen no respiratorio.

— Trastornos graves del control de los impulsos o de la personalidad.

— Trastornos por déficit de atención.

— Otros trastornos mentales debidos a enfermedad médica no mencionados anteriormente.

12. Otros procesos patológicos que impiden el normal desarrollo de las funciones de bombero. No padecer:

— Enfermedad de Cushing.

— Enfermedad de Addison.

— Síndrome metabólico.

— Obesidad constatada con un IMC de 29 o mayor para mujeres y de 30 o mayor para hombres.

— Pruebas analíticas compatibles con patología de base.

— Tumores malignos invalidantes.

— Trasplante de médula ósea.

— Tuberculosis activa.

— Hernia inguinal y/o abdominal.

— Cualquier enfermedad infecciosa crónica y rebelde al tratamiento que limite o se agrave con el desempeño de la función de bombero.

— Procesos oncológicos que, por su sintomatología o tratamiento, produzcan pérdida o disminución grave de las capacidades sensitivas, cognitivas o motrices.

13. No se admite padecer ni haber padecido ningún grado de alcoholismo y/o drogodependencia.

14. Cualquier otro proceso patológico que a juicio del tribunal médico dificulte o impida el desarrollo de las funciones para las que se le contrate.

Directrices de aplicación:

La no presentación al Reconocimiento Médico o la negativa a realizar las pruebas estipuladas, supone la exclusión de la oposición.

El aspirante deberá cumplimentar el modelo de autorización para someterse a todas las pruebas médicas que determine el Tribunal Médico.

Funciones Tribunal Médico:

1. Marcar los tipos de exploración médica que estime conveniente para el diagnóstico de las patologías incluidas en el cuadro.

2. El Tribunal tendrá atribución de solicitar los informes que estime pertinentes al examinar (Historial Clínico) o a especialistas ajenos al Tribunal.

3. Elevar al Tribunal de la oposición, los resultados en forma de “apto” o “no apto”.

4. Informar al interesado, previa petición por escrito, de su causa de exclusión; salvo si existiese enfermedad aguda susceptible de tratamiento, que se informaría al mismo directamente o a su médico de cabecera. En ningún caso se publicarán listas de “no aptos” por motivos de exclusión médica en los tablones de anuncios.

5. Durante, o una vez finalizadas las pruebas físicas, se podrá realizar a criterio del Tribunal control de consumo de estimulantes o cualquier tipo de droga que altera las condiciones físicas de los aspirantes, siendo eliminados de la oposición los que resulten positivos.

En este sentido, la lista de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos, y de métodos no reglamentarios de dopaje en el deporte, será la contemplada en la Resolución de 21 de marzo de 2000 del Consejo Superior de Deportes, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 84, de 7 de abril de 2000, o sus posibles actualizaciones.



ANEXO VII

PRUEBAS FÍSICAS

Estos ejercicios se realizarán por el orden en que están relacionados, y cada uno es eliminatorio para pasar a realizar el siguiente:

1. Press de banca

Finalidad: Extensiones para medir la potencia de los músculos pectorales. Sobre el banco en decúbito supino, agarre dígito palmar un poco más abierto de la anchura de los hombros sobre la barra, piernas flexionadas y pies apoyados en el suelo, a la misma altura del cuerpo.

Posición inicial: Flexión hombros (90o). Extensión del codo.

Posición final: después de que la barra toque el pecho, se volverá a la posición inicial.

Se contarán el número de extensiones o empujes efectuados con una resistencia de 45 kilogramos en treinta segundos, realizándose como mínimo 20 repeticiones.

Hay que tener presente que las extensiones del codo deben ser completas (máxima amplitud dependiendo del sujeto), y cuando se efectúe la flexión del codo, la barra debe tocar el pecho. Asimismo, ambos pies deben mantenerse en contacto con el suelo durante toda la ejecución de cada extensión. Sin estas tres consideraciones no se contarán como válidas las ejecuciones, aunque podrá seguir realizándose la prueba.

Sera motivo de eliminación:

— Descansar durante el ejercicio en cualquier posición distinta de la inicial.

— Contacto del personal auxiliar del Tribunal con la barra por motivos de seguridad.

— No llevar la barra al soporte al finalizar la prueba.

— Interrumpir el ejercicio antes de los treinta segundos, dejando la barra en el soporte o por cualquier otro motivo o actitud.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes deberán vestir obligatoriamente una camiseta de manga corta que permita visualizar los codos durante la ejecución.

2. Dominadas en escala

Finalidad: flexión del codo para medir la potencia de los músculos dorsales.

Descripción: Suspendido en el borde lateral de la escala con agarre digito palmar hacia el frente, un poco más abierto que la anchura de los hombros.

Posición inicial: flexión de hombros (180o). Extensión del codo.

Posición final: abducción de hombros. Flexión del codo.

Se contarán el número de esfuerzos en flexión o número de veces que pase la barbilla por el borde lateral de la escala en su parte superior sin límite de tiempo, y habrá que realizar un mínimo de 12 repeticiones.

No se iniciará ninguna flexión hasta que el monitor dé la indicación con la voz de “ya”, acompañada de una señal con sus manos en las caderas del opositor

Serán invalidadas las flexiones:

a) Que no se inicien con la extensión total de los brazos, como en posición de arrancada.

b) Que la barbilla no sobrepase el plano horizontal que forman los dos largueros de la parte superior de la escala.

c) Que se inicie sin respetar la indicación ni orden del monitor.

Sera motivo de eliminación descolgarse de la escala sin haber realizado el mínimo de 12 repeticiones.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes deberán vestir obligatoriamente una camiseta de manga corta que permita visualizar los codos durante la ejecución.

3. Trepa de cuerda lisa

Finalidad: mide la potencia del tren superior.

Descripción: trepa por una cuerda lisa de seis metros, sin apoyo de piernas, partiendo desde la posición de sentado. A la voz de “ya” del juez iniciará la trepa a tocar la campana situada a la altura fijada; tiempo máximo de ejecución: doce segundos, cero décimas, cero centésimas. Posteriormente, el aspirante deberá descender hasta el suelo, sin apoyo de piernas y sin deslizamiento, finalizando el ejercicio cuando ambos pies toquen el suelo.

Invalidaciones:

— Cuando el ejecutante no alcance la altura marcada.

— Cuando se ayude con presa de pies.

— Cuando se sujete con las piernas en la cuerda al tocar la campana.

— Cuando se ayude con los pies al levantarse desde la posición de sentado.

— Cuando haga sonar la campana con cualquiera otra parte del cuerpo que no sean las manos.

— Cuando descendiendo se suelte antes de llegar al suelo o baje deslizando la cuerda entre las manos.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes deberán vestir obligatoriamente una camiseta de manga corta, por motivos de seguridad.

4. Carrera de 60 metros lisos

Finalidad: velocidad pura.

Descripción: recorrer la distancia de 60 metros lisos en pista y sin salirse de las calles, en un tiempo máximo de diez segundos, cero décimas, cero centésimas.

Intentos: se efectuará un solo intento.

Invalidaciones y reglas: todas aquellas recogidas en el Reglamento Internacional de la FIAA.

5. Carrera de 1.500 metros

Finalidad: resistencia muscular.

Descripción: recorrer la distancia de 1.500 metros en pista por calle libre, en un tiempo máximo de cinco minutos, veinticinco segundos, cero décimas, cero centésimas.

Intentos: un solo intento.

Invalidaciones y reglas: todas aquellas recogidas en el Reglamento Internacional de la FIAA.

6. Natación (100 metros estilo libre)

Finalidad: soltura acuática, natación elemental.

Descripción: el ejecutante se situará al borde de la piscina o bien dentro de ella, con una mano agarrada al poyete de salida; a la voz de “ya” o de un pitido de silbato, recorrerá la distancia de 100 metros, sin apoyarse en suelo ni agarrarse en parte alguna en un tiempo máximo de un minuto, treinta segundos, cero décimas, cero centésimas.

Invalidaciones y reglas: cuando el ejecutante apoye los pies en el fondo de la piscina; cuando se agarre a la pared o corchera antes de la finalización del ejercicio. Aquellas recogidas en el Reglamento de la FINA.

Baremos de puntuación en función de los tiempos obtenidos en las pruebas físicas

La puntuación se obtendrá de acuerdo a las siguientes tablas que establecen marcas diferenciadas para hombres y mujeres. Cualquier marca mejor que la establecida para la puntuación de 10, obtendrá una puntuación de 10. La puntuación de las marcas no recogidas en las tablas se obtendrá por interpolación del anterior y el posterior a la marca conseguida.

El Anexo II (Solicitud) se publicará en la página web municipal.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la Convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Alcorcón, a 28 de marzo de 2022.—El director general de Organización Interna y Atención Ciudadana, Andrés Couso Tapia.

(02/6.450/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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