Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2022

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220519-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 8

81
Madrid número 8. Procedimiento 129/2022

EDICTO

D./DÑA. SACRAMENTO FERNÁNDEZ-VIVANCO ROMERO, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 8 DE MADRID.

DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves nº 129/2022 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA Nº 85/2022

Juez/magistrado-juez.

Lugar: Madrid.

Fecha: dos de marzo de dos mil veintidós.

Vistos por mí, la magistrada-juez titular de este Juzgado de Instrucción nº 8 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve nº 129/2022, contra SARA YSABEL ÁNGELES RIQUEROS, MANUEL RAMOS MEJÍA y FRANCHESCA BOLANGHER ENCISO, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.

FALLO

Que debo condenar y condeno a SARA YSABEL ÁNGELES RIQUEROS, MANUEL RAMOS MEJÍA y FRANCHESCA BOLANGHER ENCISO, como autores de un delito leve de Hurto, a cada uno de ellos, a la pena de 2 meses de multa a razón de 4 euros/días, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a que abone las costas del juicio por partes iguales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.

Así por esta mi sentencia que mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a MANUEL RAMOS MEJÍA, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Madrid, expido la presente.

En Madrid, a 27 de abril de 2022.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/8.571/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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