Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
20-05-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220520-164

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

164
Móstoles número 1. Ejecución 45/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMON. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n.o 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 45/2022 (ejecución) de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. YELSON MENDEZ MOLINA, D./Dña. RAUL NICOLAS VAZQUEZ ARAUJO, D./Dña. VEYMAR HUGO GUTIERREZ VILLAVICENCIO y D./Dña. MARIN NEDYALKOV DENYALKOV frente a CONSTRUCCIONES FUENSALAMANCA, SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. VEYMAR HUGO GUTIERREZ VILLAVICENCIO, D./Dña. RAUL NICOLAS VAZQUEZ ARAUJO, D./Dña. YELSON MENDEZ MOLINA y D./Dña. MARIN NEDYALKOV DENYALKOV, frente a la demandada CONSTRUCCIONES FUENSALAMANCA, SA, parte ejecutada, por un principal de 53.100,25 euros que corresponde a:

YELSON MENDEZ MOLINA 9.984,57 euros de principal (indemnización 5.152,74, salarios de trámite 2.643,68 euros y reclamación de cantidad 2.188,15 euros).

RAUL NICOLAS VAZQUEZ ARAUJO 12.713,41 euros de principal (indemnización 10.088,38 euros, salarios de trámite 360,90 euros y reclamación de cantidad 2.264,13 euros).

VEYMAR HUGO GUTIERREZ VILLAVICENCIO 15.570,99 euros de principal (indemnización 11.558,06 euros y reclamación de cantidad 4.012,93 euros).

MARIN NEDYALKOV DENYALKOV 14.831,28 euros de principal (indemnización 11.047,42 euros, salarios de trámite 403,69 euros y reclamación de cantidad 3.380,17 euros) más 8000 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2850-0000 64-0045-22.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D./Dña. FRANCISCO JUAN SANCHEZ DELGADO.

EL MAGISTRADO-JUEZ

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO

Y para que sirva de Notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES FUENSALAMANCA, SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a treinta de marzo de dos mil veintidós.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.633/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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