Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2022

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220523-101

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL VALLE NORTE DEL LOZOYA

OFERTAS DE EMPLEO

101
Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya. Ofertas de empleo. Oferta empleo público

Mediante decreto de presidente de fecha 15 de diciembre de 2021, se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 296, de 20 de diciembre), y por decreto de presidente de fecha 19 de mayo de 2022, se modifica dicha oferta que queda redactada en los siguientes términos:

En cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, por decreto de Presidencia, de fecha 19 de mayo de 2022, se ha adoptado el siguiente acuerdo:

Aprobar la Oferta Pública de Empleo Extraordinaria de procesos estabilización 2022 con el siguiente contenido:

Oferta de Empleo Público Extraordinaria 2022

Plazas incluidas en proceso de estabilización del empleo público, en cumplimiento del artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público:

a) Plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones públicas y estando dotadas presu- puestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamen- te al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020:

Plazas incluidas en proceso de estabilización del empleo público, en cumplimiento de la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público:

a) Plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016:

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el presidente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación del presente edicto, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Buitrago del Lozoya, a 20 de mayo de 2022.—El presidente, Ángel Martínez Herrero.

(03/10.268/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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