Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2022

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220523-73

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

OFERTAS DE EMPLEO

73
Becerril de la Sierra. Ofertas de empleo. Oferta de empleo público

De conformidad con lo establecido en los artículos 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; 70.1 del Real Decreto-legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 2.2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el decreto de Alcaldía 445/2022, de 11 de mayo de 2022 (expediente 1540/2021), cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor literal:

Primero.—Aprobar la Oferta de Empleo Público dentro del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, en los términos que se establecen en los Anexos de la presente Resolución.

Segundo.—Las plazas ofertadas dentro de este proceso se cubrirán mediante concurso de valoración de méritos, aprovechando la cobertura legal prevista en las disposiciones adicionales sexta y octava de la precitada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 61, apartados 6.o y 7.o, del Real Decreto-legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, TRLEBEP). En todo caso, deberá darse cumplimiento a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad, mediante convocatorias abiertas.

Las convocatorias no establecerán exclusiones por limitaciones psíquicas y/o físicas, sin perjuicio de las incompatibilidades con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

Tercero. Limitaciones cuantitativas.—En la presente Oferta de Empleo Público se cumplen las tres limitaciones impuestas por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (“Boletín Oficial del Estado” número 312, de 29 de diciembre de 2021); esto es:

a) Se trata de plazas de naturaleza estructural.

b) Respecto a la dotación presupuestaria de las plazas, según se indica por el interventor del Ayuntamiento en su informe de fiscalización de 10 de mayo de 2022 de sentido favorable, “no resulta necesario que en el momento de la aprobación de la oferta de empleo público exista disponibilidad presupuestaria, se advierte no obstante que a la vista de la situación presupuestaria actual, encontrándose el Ayuntamiento de Becerril de la Sierra con un presupuesto prorrogado [ejercicio 2020] cuya dotación resulta insuficiente, se hace necesario, con carácter previo al inicio de los procesos selectivos que en aplicación de la oferta de empleo público se lleven a cabo, dotar de crédito adecuado y suficiente las aplicaciones presupuestarias afectadas”.

c) Las plazas han estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente, mediante contratos laborales indefinidos o temporales, con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Cuarto. Órganos de selección.—Los Órganos de Selección se constituirán de conformidad con lo establecido en las bases por las que se regirán los procesos selectivos que se convoquen para la selección de personal funcionario y laboral, ajustando, en todo caso, su composición a lo dispuesto en el artículo 60 del TRLEBEP, y resto de la normativa aplicable.

Quinto. Refundición de convocatorias.—El órgano convocante podrá, dentro del ámbito de sus competencias, refundir dos o más convocatorias en una sola, a efectos de la agilización de los procesos selectivos.

Sexto. Ejecución de la presente Oferta de Empleo Público.—Por indicación de la propia Ley 20/2021, de 28 de diciembre, la publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en la presente Oferta de Empleo Público deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022, y la resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.

Séptimo. Información de los procesos selectivos.—Con objeto de ampliar la difusión de las distintas convocatorias de los procesos selectivos, se incluirá toda la información derivada de los mismos en la Sede Electrónica y en la página web del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, Madrid ( www.becerrildelasierra.org ).

Octavo. Publicación de la presente Oferta de Empleo Público.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios/edictos del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, en cumplimiento de lo establecido legalmente.

La presente resolución que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se interpondrá ante el alcalde del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid), en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo. La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la precitada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Decanato de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente.

No obstante, tal y como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

Todo ello, sin perjuicio de la interposición de cuantas otras acciones o recursos se consideren pertinentes.

Noveno.—Dar conocimiento de la presente Resolución en la próxima sesión plenaria ordinaria que se celebre en este Ayuntamiento (artículo 42 Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales).

Décimo.–—Ordenar la transcripción de la presente resolución al Libro-Registro correspondiente.



Becerril de la Sierra, a 11 de mayo de 2022.—El alcalde-presidente, Antonio Herrero Márquez.

(03/9.596/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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