Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2022

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220524-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

105
Madrid número 17. Procedimiento 1156/2021

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Moreiras Chaves, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1156/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de D./Dña. JOSE MANUEL FERRADAS GARCIA frente a COMANCHERIA DE INVERSIONES, S. L. y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando la demanda de despido y cantidad interpuesta por D. JOSE MANUEL FERRADAS GARCIA frente a COMANCHERIA INVERSIONES, S. L., debo declarar y declaro improcedente el despido del actor y siendo imposible la readmisión declaro extinguida la relación laboral entre las partes y condeno a la empresa demandada a que indemnice a la demandante con la suma de 2.260,27 euros así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (16-09-2021) hasta la fecha de la presente Sentencia a razón de 82,19 euros/día, deduciendo los salarios que haya podido percibir por empleos posteriores al despido, así como a abonar a éste último la cantidad de 5.241,95 euros; debiendo absolver a FOGASA sin perjuicio del art. 33 E.T., si bien, en cuanto a los salarios de tramitación, quedaría en todo caso limitada su responsabilidad hasta la citada fecha del cese efectivo en la empresa.

Y para que sirva de notificación en legal forma a COMANCHERIA DE INVERSIONES, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de abril de dos mil veintidós.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.914/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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