Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2022

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220526-47

Páginas: 11


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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CONVENIO de colaboración de 28 de abril de 2022, entre la Comunidad de Madrid y Spain Startup and Investors Services, S. L., para la promoción del emprendimiento y la atracción del talento, a través de la organización conjunta del evento internacional South Summit 2022 en la Comunidad de Madrid y de la participación en el South Summit Brasil 2022.

REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Manuel Llamas Fraga, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Economía, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado mediante Decreto 127/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio de 2021).

Actuando en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.

Y de conformidad con lo dispuesto en Ley 1/2001, de 29 de marzo, sobre los órganos competentes para la suscripción de Convenios en relación con el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, Dña. María Benjumea Cabeza de Vaca, mayor de edad, con DNI número ***888** en nombre y representación de Spain Startup and Investors Services, S. L. (en adelante Spain Startup), domiciliada en la calle Monte Esquinza, número 28, piso cuarto, puerta derecha, 28010 Madrid, y con CIF número B-86685294, en su calidad de administradora única, facultada para este acto en virtud de escritura de poder otorgada en fecha 11 de marzo de 2013 ante el notario D. Ignacio Martínez-Gil Vich, con el número 549 de su protocolo,

MANIFIESTAN

I. Que Spain Startup es una sociedad especializada en los ámbitos de formación, innovación, emprendimiento, y desarrollo profesional, cuyos profesionales cuentan con un importante prestigio y experiencia tanto en la elaboración y prestación de productos y servicios relacionados con dichos ámbitos, como en la comercialización y gestión de los mismos y organizadora de los encuentros South Summit a nivel nacional e internacional.

El artículo 4.o de sus Estatutos, contempla dentro de sus actuaciones, entre otras las siguientes:

— Apartado 2: el estudio de toda clase de negocios, empresas y operaciones industriales, agrícolas, comerciales o de servicios.

— Apartado 3: la prestación de servicios de asesoramiento, gestión y consultorio de toda índole, especialmente en materia de organización, recursos humanos, formación, sistemas informáticos, internet desarrollo de negocios y estrategia.

La actividad de South Summit es una plataforma global de innovación abierta que conecta startups, corporaciones en inversores como vía para la generación de oportunidades de negocio: innovación y negocio para las empresas, visibilidad, acceso a financiación, clientes y acuerdos estratégicos para los emprendedores e inversores y creación de empleo, mostrando al mundo la gran capacidad de la Comunidad de Madrid y de España y sus inmensas oportunidades para la generación de autoempleo y creación de empresas de alto valor añadido.

Esta actividad del South Summit nació en 2012, enfocado a que la innovación, el emprendimiento y las startups eran el motor clave del desarrollo económico y España, un lugar privilegiado para posicionarse como hub de referencia internacional. Diez años después, esta iniciativa conjunta de Spain Startup y la IE University es hoy reconocida como la plataforma global de innovación que genera conexiones de alto valor para todos los actores del ecosistema y sectores económicos, atrayendo inversión y talento, generando empleo y riqueza para la Comunidad de Madrid y España.

South Summit se reinventó en 2020, en medio la crisis sanitaria del COVID-19 apostando por la innovación y el emprendimiento de startups, de las pequeñas y medianas empresas y autónomos como motores de la reactivación económica.

En esta edición de 2022, y coincidiendo con su décimo aniversario, South Summit se presenta bajo el lema “Decoding Complexity” o “Descodificando la Complejidad”. En un mundo cada vez más complejo, con tecnologías, industrias, innovaciones apareciendo todos los días y en constante cambio, South Summit presenta una nueva edición centrada en decodificar esa complejidad y hacerlo más accesible. En el encuentro en “La Nave”, estas iniciativas se materializarán a través de múltiples oportunidades de interacción y conexión que fomentan el emprendimiento, la competitividad y la colaboración.

South Summit potencia la creación de oportunidades de negocio para todos los participantes y la atracción de inversión y financiación nacional e internacional, acelerando la innovación a todos los niveles a través de los múltiples formatos programados (competición de startups, ponencias, foros de debates, encuentros de networking).

South Summit se ha convertido en la mejor red para generar negocio y en el mejor escaparate de las startups españolas. La atracción año tras año de los fondos internacionales mas potentes, ha impulsado el desarrollo del ecosistema y la atracción de talento y creación de empleo.

#SouthSummit21 reunió a más de 22.000 asistentes, entre físicos y virtuales (11.500 físicamente en “La Nave”, Madrid durante los tres días de duración del encuentro), contó con más de 680 ponentes, 3.800 startups, más de 1.300 inversores, 8.324 internacionales) con una cartera aproximada de 135.000 millones de dólares y 8.900 miembros de las corporaciones en búsqueda de innovación, cerrando más de 18.000 conexiones durante estos tres días. 75 por 100 de las startups finalistas son de origen de fuera de España y con más de 500 periodistas acreditados de más de 100 países distintos, generó más de 4.400 repercusiones en medios, reunió de 670 millones de personas de audiencia global, que resulta en una valoración económica de 23.740 millones de euros.

II. Que en virtud del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, se crea la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y de acuerdo con el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid se establecen como competencias de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, entre otras, la promoción y colaboración en la atracción de inversiones a la Comunidad de Madrid, la promoción y fomento de políticas ligadas a la internacionalización de la empresa madrileña, el apoyo a proyectos de cooperación y colectivos de empresa y la colaboración y promoción de la actividad empresarial a través del apoyo a proyectos de inversión, modernización y dirigidas a una mayor proyección internacional de Madrid.

Asimismo, en materia de autónomos y emprendimiento le corresponden a la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, con carácter general, las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y demás normativa aplicable, y las competencias en materia de promoción e impulso del trabajo autónomo, del emprendimiento y de la economía social, así como las relativas a la responsabilidad social y, en particular, las siguientes:

a) El impulso y el fomento del autoempleo, el emprendimiento y la economía social y la coordinación de las actuaciones que en dichas materias se desarrollen desde la Administración de la Comunidad de Madrid.

b) El diseño, la ejecución y la promoción de políticas públicas y programas que impulsen el trabajo autónomo y la economía social y promocionen la cultura emprendedora.

III. Que la economía de la Comunidad de Madrid se encuentra sustentada en gran parte por autónomos, empresarios y pequeñas y medianas empresas, en sus múltiples formas. Las empresas son el verdadero eje de la economía y del empleo, y dentro de ellas, las startups, las pymes y los autónomos garantizan un tejido empresarial sólido y estable en la región, con capacidad para acometer de una manera rápida la transformación del conocimiento en productos, aplicaciones y servicios útiles. Sin embargo, su tamaño y características las hace notablemente más sensibles a las dificultades propias del inicio de toda actividad.

Por ello, apoyar al sector de los autónomos madrileños, promover la creación de empresas, fomentar la competitividad, y apoyar la internacionalización de la economía madrileña resultan acciones prioritarias para la Comunidad de Madrid como política de estímulo económico, teniendo en cuenta el retorno que después esos recursos tienen sobre el empleo, la actividad empresarial y la generación de bienestar, riqueza y crecimiento social en la región.

IV. Que, en vista de lo expuesto, las partes han acordado en firmar el presente Convenio de colaboración (en adelante, el “Convenio”), que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera

Objeto

Este Convenio tiene como objeto regular la colaboración entre las entidades firmantes en la coorganización, realización y difusión de una serie de acciones vinculadas con:

1. La mejora de la imagen internacional de la economía de la Comunidad de Madrid.

2. El impulso del sector de trabajo autónomo, del emprendimiento, de las startups y pymes de la región.

3. La atracción de inversión y de talento internacional.

4. La dinamización e incremento de la competitividad de la economía de la Comunidad de Madrid.

5. La generación de empleo de elevado valor añadido.

La finalidad del Convenio, cuya realización es de interés del gobierno de la Comunidad de Madrid, es consolidar a la Comunidad de Madrid como un foco de Emprendimiento y desarrollo del trabajo autónomo, atracción de startups y scaleups de alto potencial y como una región de oportunidades.

Segunda

Actividades

Las actividades que se proponen para el cumplimiento de los objetivos descritos en la cláusula anterior son:

La organización del Evento internacional South Summit que se desarrollará entre el 8 y 10 de junio 2022 en el edificio de “La Nave” de Madrid, y que constituye el punto de encuentro de referencia del ecosistema emprendedor para el sur de Europa, Mediterráneo y Latinoamérica.

Y asimismo la participación de la Comunidad de Madrid en el evento internacional South Summit 2022 en Brasil, Estado de Rio Grande Do Sul (Porto Alegre), del 4 al 6 de mayo de 2022. El Estado de Rio Grande Do Sul es una de las economías más desarrolladas de Brasil, que además disfruta de una ubicación estratégica privilegiada como centro geográfico del Cono Sur americano, y Porto Alegre es reconocido como ecosistema de innovación de referencia, impulsado por la tecnología y centros universitarios.

Tercera

Derechos y obligaciones de la Comunidad de Madrid

A) Derechos:

1. Utilizar imágenes de South Summit en la comunicación y publicidad de los servicios que considere, en concreto: la denominación, logotipos y marcas de Spain Startup.

2. Usar la designación de colaborador de máximo nivel.

3. Utilizar la denominación, logotipos y marcas de Spain Startup en publicidad del evento, pudiéndolos asociar a su marca durante la vigencia del presente acuerdo para indicar la relación de colaboración.

4. Uso de un espacio físico con stand destacado para la presencia de la Comunidad de Madrid, de categoría colaborador máximo nivel para South Summit Madrid (medida de 30 m2).

5. Aparición de la denominación, logotipos y marca de la Comunidad de Madrid y participación de un representante de la misma en la rueda de prensa de lanzamiento de South Summit 2022 como colaborador de máximo nivel.

6. Envío de comunicaciones por parte de South Summit en temas de interés de la Comunidad de Madrid, incluyendo:

— Dos envíos de comunicaciones anuales de la Comunidad de Madrid en temas de interés a la base de datos de South Summit, cuyo contenido será proporcionado por la Comunidad de Madrid.

— RR. SS. de Spain Startup: un post de bienvenida y apoyo para compartir contenido desde las RR. SS. de la Comunidad de Madrid en temas de interés durante el año.

— Presencia de marca en todas las newsletter de South Summit como colaborador de máximo nivel.

7. Aparición de la denominación, logotipos y marca de la Comunidad de Madrid en la cartelería, zona de photocall, pantallas del evento, programa y acreditaciones impresas de South Summit en su condición de colaborador de máximo nivel.

8. Aparición de la denominación, logotipos y marca de la Comunidad de Madrid en las acreditaciones, en el microsite corporativo en la página web y la plataforma del evento de South Summit.

9. Aparición de la denominación, logotipos y marca de la Comunidad de Madrid en el video resumen con la cobertura de evento.

10. Aparición de la denominación, logotipos y marca de la Comunidad de Madrid en las retrasmisiones en streaming de South Summit.

11. Participación en contenido y programa de South Summit para la Comunidad de Madrid:

— Una participación en el contenido de las actividades que se desarrollen en el escenario Arena Stage, escenario principal, durante South Summit.

— Liderar un espacio de conversación en un bloque temático de interés para la Comunidad de Madrid.

— Dos participaciones en espacios de conversación de otros bloques temáticos de interés.

— Participación como jurado de selección en las diez verticales sectoriales de las 100 startups finalistas.

12. Organización de un espacio de networking exclusivo en el marco de South Summit para difusión de contenido de interés para la Comunidad de Madrid, que contará con branding (imagen corporativa) de la Comunidad de Madrid.

13. Participar en todos los actos y la agenda institucional de South Summit, incluidos la inauguración y clausura del encuentro entregas de premios a los ganadores de la competición, momentos de mayor presencia mediática, y acceso a todos eventos exclusivos de South Summit como Leaders´ Forum, que reúne a los representantes más relevantes de empresas, inversores e instituciones para debatir y fomentar el emprendimiento y la atracción de fondos y talento para la región y el país.

14. Acceso a los eventos de networking del Social Summit, que se celebran en torno al encuentro de South Summit y durante los mismo días del mismo, para los participantes de South Summit.

15. Entrega de documentación elaborada por Spain Startup, incluyendo: el startup book, el investor book, el informe de actividades y participación de la Comunidad de Madrid en South Summit, y el informe de análisis del impacto socioeconómico de South Summit en la Comunidad de Madrid en 2022 y en sus diez años de historia.

16. Comunicar las actividades derivadas del presente Convenio a través de los medios que considere oportunos.

17. Derecho de uso de imágenes del desarrollo de South Summit para comunicación de la Comunidad de Madrid en sus acciones de promoción.

18. Derecho a la presencia destacada de la Comunidad de Madrid en todas las actividades del South Summit Brasil, incluyendo presencia de marca y logotipos, participación en programa, cesión de espacio en el market place, participación en los actos institucionales y acciones de networking, comunicaciones del evento y entrega de documentación elaborada por Spain Startup.

B) Obligaciones:

1. Colaborar en la organización del evento internacional South Summit 2022, una iniciativa concebida como una plataforma de fomento e impulso del talento, el emprendimiento y la difusión de negocios de alto valor añadido con carácter multidisciplinar. El evento se celebrará en “La Nave”, los días 8,9 y 10 de junio de este año. Dentro de la colaboración se desarrollarán las siguientes actividades:

a) Designar a dos responsables para coordinar las actuaciones, impulsando la celebración del evento y la participación activa de todos los actores Implicados, colaborando en su realización y comprobando la correcta ejecución de las actuaciones desarrolladas en el marco del presente Convenio.

b) Presentar los servicios y las actividades organizadas por la Comunidad de Madrid para el impulso a las startups y a las pymes, el apoyo al emprendimiento y para la atracción de talento internacional a la región de Madrid.

c) Promover la participación de invitados de relevancia institucional con el fin de dar mayor relevancia al evento que posicionará a la Comunidad de Madrid como referente internacional en el mundo de la atracción de inversiones.

d) Promover la participación activa de las distintas Consejerías de Gobierno, impulsar la participación de los ciudadanos en la celebración del evento, su tejido empresarial, autónomos, empresas innovadoras, startups y agentes sociales para consolidar a la Comunidad de Madrid como referente internacional de inversión productiva y de capital y foco de atracción de inversiones.

2. Hacer la inserción de información relativa al desarrollo de este Convenio en la web de la Comunidad de Madrid y en otros medios de comunicación que fomenten la visibilidad y presencia como colaboradores en el mismo.

3. Facilitar el espacio adecuado para la celebración de la rueda de prensa de presentación de South Summit.

4. Promover la participación activa de la Comunidad de Madrid en South Summit Brasil, coordinar las actuaciones, impulsando la celebración del evento y la participación activa de todos los actores implicados.

5. Realizar la aportación económica prevista en la cláusula cuarta, que se detalla en el documento anexo a este Convenio de las actividades y su valoración económica que corresponden a cada una de las partes.

Cuarta

Derechos y obligaciones de Spain Startup

A) Derechos:

1. Utilizar la denominación, logotipo y marca de Comunidad de Madrid en publicidad del evento, pudiéndose asociar a su marca durante la vigencia del presente Convenio para indicar la relación de colaboración en la imagen y material de las actuaciones señaladas.

Esta utilización se realizará conforme al Manual de Identidad Corporativa y el Decreto 103/1994, de 20 de octubre, por el que se regula la utilización de la denominación y símbolos de la Comunidad de Madrid en marcas y signos distintivos de productos, mercancías y servicios.

Asimismo, teniendo en cuenta las competencias establecidas en el artículo 10.2 del Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, de la Dirección General de Medios de Comunicación, se recabara su conformidad.

2. Comunicar las actividades derivadas del presente Convenio a través de los medios que considere oportunos.

B) Obligaciones:

1. Promover la Comunidad de Madrid como sede para empresas de base tecnológica, difundiendo las fortalezas del ecosistema de la región, haciendo especial hincapié entre las empresas latinoamericanas y del sur de Europa.

2. Difundir a la base de datos de Spain Startup información acerca de las iniciativas regionales en el ámbito de la atracción de inversiones y apoyo a las pymes, autónomos y startups.

3. Compartir su conocimiento del sector de los negocios digitales y su experiencia en la generación de una comunidad transnacional de innovación para el diseño de acciones promocionales destinadas a la Comunidad de Madrid.

4. Ceder un paquete de entradas que podrán ser distribuidas por la Comunidad de Madrid en el marco de sus políticas y acciones de promoción. El número, características y categorías de estas vienen determinado en el anexo que acompaña este Convenio e incluirá: 10 entradas físicas tipo Executive Pass, 20 entradas físicas tipo Business Pass y 200 entradas físicas tipo Attendee Pass para los 3 días del evento.

5. Coordinar los actos de inauguración y clausura de South Summit, momentos de mayor presencia mediática.

6. Facilitar la asistencia de la Comunidad de Madrid a las sesiones previas y de valoración posterior de South Summit.

7. Presencia de imagen de la Comunidad de Madrid en las posibles retransmisiones en streaming de South Summit, para lo cual se recabara asimismo la conformidad de la Dirección General de Medios de Comunicación.

8. Presencia destacada de la imagen de la Comunidad de Madrid en todas las comunicaciones del evento: mailings, folletos, photocall, pantallas en el evento, espacio web y en el video con la cobertura post evento. Se reitera lo mencionado más arriba respecto del uso de la imagen corporativa y logotipos de la Comunidad de Madrid.

9. Incorporar a la Comunidad de Madrid, especialmente a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en el Mapa del emprendimiento y el Informe de Impacto Socioeconómico de South Summit, y la atracción de inversiones extranjeras que realiza Spain Startup y en el que se analiza el estado, el crecimiento y la evolución de los ecosistemas de innovación tanto nacionales e internacionales con características similares.

Desde Spain Startup se emitirá un informe específico de la situación de la Comunidad de Madrid, identificando las mejores prácticas impulsadas por administraciones públicas, así como las oportunidades e iniciativas que desde la Comunidad de Madrid podrían promoverse para fomentar e incentivar la generación y consolidación de startups, pymes y autónomos.

10. El presupuesto de todas las actuaciones a desarrollar por Spain Startup and Investors Services, S. L., asciende a 83.965 euros, cifra que constituye su aportación en términos de valoración económica. Por lo que está obligada a ejecutar dichas actuaciones, en los términos que se detallan en el presente Convenio y en el documento anexo al mismo.

Quinta

Obligaciones económicas

El importe destinado a la financiación de las actuaciones contempladas en las cláusulas segunda y tercera del presente Convenio asciende a cuatrocientos treinta y tres mil, novecientos sesenta y cinco euros (433.965 euros), de los cuales trescientos cincuenta mil euros (350.000 euros) corresponden a la Comunidad de Madrid y ochenta y tres mil novecientos sesenta y cinco euros (83.965 euros) a Spain Startup para llevar a cabo las actuaciones desglosadas en el Anexo.

La aportación efectuada por la Comunidad de Madrid se realizará con cargo a la partida 28001 del programa 241N del Centro Gestor 120270000 Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio económico 2022.

El abono de la contribución de la Comunidad de Madrid a este Convenio se realizará tras la celebración del evento y previa presentación de la siguiente documentación justificativa:

a) Certificaciones de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En consecuencia, deberán aportarse las correspondientes certificaciones de la Tesorería de la Seguridad Social, de la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

b) Emisión por Spain Startup de los certificados de gasto realizados al amparo de lo previsto en el presente Convenio, acompañados de las facturas y/o justificantes acreditativos de las actuaciones correspondientes.

c) Memoria detallada de la realización del evento e informe de evaluación de sus resultados, incluyendo el informe específico de la situación de la Comunidad de Madrid, identificando las mejores prácticas impulsadas por administraciones públicas, así como las oportunidades e iniciativas que desde la Comunidad de Madrid podrían promoverse para fomentar e incentivar la generación y consolidación de startups, pymes y autónomos.

d) Evidencia gráfica de la presencia de la imagen de la Comunidad de Madrid en la documentación del evento que se indican en la cláusula tercera.

e) Participación efectiva y evidencia gráfica de los miembros del gobierno regional o personas delegadas en los actos de alcance, intervenciones y mesas redondas, actos institucionales y encuentros de networking.

f) Memoria detallada de la realización del evento South Summit Brasil con informe de actividades y evaluación de la participación de la Comunidad de Madrid.

La documentación justificativa que permita proceder al pago de la aportación de la Comunidad de Madrid se presentará en el plazo de 1 mes siguiente a la finalización de todas las actuaciones desglosadas en el Anexo.

Sexta

Modificación del convenio

Conforme a lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cualquier modificación que afecte al contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

Séptima

Incumplimiento y consecuencias

En caso de considerar incumplido lo estipulado en el presente Convenio, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que se produzca la actuación convenida en un plazo máximo de quince días hábiles. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control del Convenio.

El incumplimiento de las obligaciones y compromisos adquiridos por las partes o la imposibilidad sobrevenida, legal o material, de cumplir las obligaciones derivadas del objeto del Convenio dará lugar a la resolución del convenio.

Octava

Resolución del convenio y efectos

El Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:

1. El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

2. El acuerdo unánime de las partes, en cuyo caso y en función de la fase de ejecución en que se produzca la resolución, las partes pactaran la forma de terminar las actuaciones en curso que menos perjudique a los intereses de la Comunidad de Madrid.

3. La imposibilidad sobrevenida, legal o material, de cumplir las obligaciones derivadas del objeto del Convenio.

4. El incumplimiento de las obligaciones y compromisos adquiridos por las partes.

5. La decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La resolución del Convenio por los motivos expresados en los números 1, 2 y 3 no tendrá efectos económicos sobre las partes.

La resolución por los motivos expresados en el número 5, por decisión judicial, tendrá los efectos que se indiquen en la sentencia declaratoria de la nulidad.

Novena

Comisión de Seguimiento

Se constituirá una Comisión de Seguimiento para facilitar la ejecución y cumplimiento del convenio.

La Comisión de Seguimiento estará formada por un total de cuatro miembros, dos en representación de Spain Startup y otros dos en representación de la Comunidad de Madrid, en concreto de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y de la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, y uno de estos últimos actuará de Secretario de la Comisión.

La Comisión de Seguimiento actuará como órgano de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución de lo establecido en el convenio. Entre otras funciones le corresponde:

— Establecer las medidas correctoras oportunas para conseguir el cumplimiento del objetivo del convenio.

— Aclarar las dudas y controversias que puedan originarse en la interpretación y ejecución de este convenio.

El funcionamiento de esta Comisión se regirá por las normas contenidas en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión se reunirá cuando se estime conveniente y, en todo caso, siempre que una de las partes lo solicite al objeto de revisar la relación de acciones y actividades que se realicen al amparo del presente Convenio y resolver las incidencias que pudieran surgir en la celebración de los eventos y acciones o cualquier otra cuestión que pudiera suscitarse.

Décima

Protección de datos

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que por este concepto, pueda incurrir.

En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.

Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.

Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.

Undécima

Vigencia

El plazo de vigencia de este Convenio será desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2022.

Este Convenio podrá prorrogarse anualmente, lo que se hará por acuerdo expreso de ambas partes, que deberá ser formalizado por escrito, quedando condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio económico correspondiente. Todo de ello de conformidad con lo regulado en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Duodécima

Naturaleza jurídica

El presente Convenio se encuentra excluido del Ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en su artículo 6.2.

No obstante, y según el artículo 4, para la resolución de dudas y lagunas que pudieran presentarse se aplicarán los principios contenidos en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Será de aplicación al mismo el régimen jurídico establecido en las Ley, 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

E| conocimiento y resolución de todas las cuestiones que se pudieran plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, a falta de acuerdo entre las partes, se someterán a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, se formaliza y firma de forma sucesiva el presente convenio, con los respectivos certificados electrónicos, siendo su fecha la correspondiente a la firma del representante de la Comunidad de Madrid”.

Madrid, a 28 de abril de 2022.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 21 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.—Por Spain Startup and Investors Services, S. L., María Benjumea Cabeza de Vaca.



(03/10.017/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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