Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2022

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220531-102

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE REDUEÑA

OFERTAS DE EMPLEO

102
Redueña. Ofertas de empleo. Oferta empleo público

Por Resolución de Alcaldía de fecha 20 de mayo de 2022 de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el año 2022.

Primero.—Aprobar la Oferta de Empleo Público para el año 2022, extraordinaria de estabilización de personal laboral del Ayuntamiento de Redueña, de las plazas que cumplen con los requisitos correspondientes al proceso extraordinario previsto en la D. A. 6.a de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

Las plazas a ofertar son las siguientes:

Segundo.—Comunicar a todos los empleados públicos afectados por este proceso extraordinario de estabilización la aprobación de la misma al objeto de su conocimiento.

Tercero.—Publicar el acuerdo adoptado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la alcaldesa-presidenta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Redueña, a 23 de mayo 2022.—El secretario-interventor, José Vicente Temes Zafrilla.

(03/10.433/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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